El Tribunal Constitucional acepta la abstención de Campo y admite la cuestión de inconstitucional del Tribunal Supremo sobre la amnistía
Juan Carlos Campo presentó su abstención porque cuando era ministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez dijo que la amnistía era "claramente inconstitucional"
Julio Muley, experto en tribunales del área de Nacional, analiza esta decisión en Informativos Telecinco
El Tribunal Supremo lleva por primera vez la ley de amnistía al Tribunal Constitucional al considerar que vulnera la igualdad
El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto este miércoles por unanimidad aceptar la abstención del magistrado Juan Carlos Campo y admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad que planteó el Tribunal Supremo (TS) sobre la aplicación de la ley de amnistía al delito de desórdenes públicos, según ha informado el TC. Tal y como se preveía, el Pleno de la corte de garantías --con el apoyo de sus 12 magistrados (los 7 progresistas y los 5 conservadores)-- ha admitido tanto la solicitud de Campo de apartarse como la consulta elevada por el Supremo.
Julio Muley, experto en tribunales del área de Nacional, analiza esta decisión en Informativos Telecinco, un proceso que se prevé largo: "Se puede prolongar más de una año. Es complicado porque hasta el momento hay una veintena de recursos que afectan a centenares de personas. Aunque como es lógico, todos tenemos en la cabeza a los principales protagonistas del procés. Al primero, a Carles Puigdemont, contra el que se mantiene la orden de busca y captura mientras el tribunal de garantías no ratifique la constitucionalidad de la ley de amnistía. También los que cumplieron condena, como Oriol Junqueras, pendientes de que se les perdone la condena de inhabilitación y puedan volver a concurrir en unas elecciones.
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Campo presentó su abstención porque cuando era ministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez dijo que la amnistía era "claramente inconstitucional" en los informes sobre los indultos a los condenados por el 'procés'.
Muley señala al respecto que "el propio Campo considera que su objetividad está comprometida porque ya se pronunció abiertamente contrario a la ley de amnistía en su etapa de ministro. Incluso lo dejó por escrito en el informe en el que sí respaldaba el indulto para los que cumplían condena por la sentencia del procés. Su abstención, en principio, no afectaría demasiado. el bloque progresista sigue teniendo mayoría para dar validez a la ley de amnistía".
De hecho, no es la primera vez que el magistrado decide apartarse en deliberaciones sobre la amnistía, puesto que ya se abstuvo en noviembre de 2023 --cuando la ley se estaba negociando-- de un recurso de amparo presentado por un particular. Argumentó que lo hacía para salvaguardar la "imparcialidad" del Constitucional.
La abstención de Campo, encuadrado en el sector progresista del tribunal, no afectaría a la correlación de fuerzas entre los bloques, que quedaría 6 a 5, con lo que los conservadores seguirían en minoría.
El Pleno del TC, además, ha dado trámite al primer asunto relativo a la ley de amnistía aprobada el pasado mayo. Se trata de la cuestión de inconstitucionalidad que el pasado julio le trasladó el TS al considerar que el artículo 1 de la medida de gracia vulnera el derecho constitucional a la igualdad y los principios de seguridad jurídica, proscripción de la arbitrariedad y exclusividad jurisdiccional.
El Supremo decidió acudir al Constitucional tras estudiar el caso de dos condenados por desórdenes públicos por unos hechos ocurridos en Girona tras la sentencia que condenó al ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros líderes del 'procés'.
Un fallo clave sobre la ley de amnistía
Una vez admitida, la respuesta al TS tardará en llegar entre seis meses y un año y, aunque no se podrá extender automáticamente al resto de cuestiones de inconstitucionalidad y recursos que puedan llegar, porque el contenido impugnado y los argumentos expuestos pueden variar, lo cierto es que marcará el camino.
De acuerdo con las fuentes del TC consultadas por Europa Press, cuando se resuelvan las dudas manifestadas por el Supremo, será el turno de los recursos de inconstitucionalidad. De momento, el TC tiene en sus manos los presentados por el PP y varias autonomías gobernadas por los de Alberto Núñez Feijóo, como Madrid o Andalucía.
El magistrado conservador José María Macías se ocupará de la ponencia sobre el recurso firmado por 'Génova', según ha tocado por turno de reparto. Las fuentes aseguran que no sopesa abstenerse, a pesar de que se pronunció contra la ley de amnistía como vocal del CGPJ.
De los demás recursos de inconstitucionalidad registrados por las comunidades 'populares', Campo ha recibido el de Cantabria, pero se espera que se abstenga y, por turno, recaiga en su compañero conservador César Tolosa.
Al margen de las abstenciones, ya son varios los recursos acompañados de recusaciones contra tres magistrados: el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, la ex alto cargo de Moncloa Laura Díez y Campo. Sin embargo, en la sede de Domenico Scarlatti ven poco recorrido a estas peticiones.
Los recursos de los líderes del 'procés' serán los últimos
Ventilados los recursos de inconstitucionalidad, la corte de garantías se detendrá en los de amparo, que a diferencia de los primeros sí podrán acumularse para que un solo magistrado se ocupe de las ponencias de todos ellos.
Así las cosas, las impugnaciones que puedan presentar los líderes del 'procés' condenados y procesados, como Junqueras y el ex presidente catalán Carles Puigdemont, respectivamente, tendrán que esperar.
Todavía no han podido presentarlos porque sus respectivos casos tienen que agotar antes el recorrido judicial en el Supremo, donde hay recursos pendientes.
En lo tocante a Junqueras y los demás condenados, la Sala de lo Penal tiene sobre la mesa los recursos de súplica. Y, una vez ventilados, aún deberían presentar incidentes de nulidad antes de llamar a las puertas del TC.
Respecto a los procesados, el magistrado instructor Pablo Llarena rechazó esta misma semana los recursos de reforma, si bien se han elevado a la Sala de Apelaciones, a lo que habría que añadir los eventuales incidentes de nulidad.
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