El pleno del Tribunal Constitucional, –que recientemente ha estimado parcialmente los recursos de José Antonio Griñán y Manuel Chaves por el caso de los ERE, anulando las condenas a pena de cárcel por malversación y prevaricación, respectivamente–, ahora ha ordenado también anular la condena por prevaricación a Gaspar Zarrías.
Como en el caso de los anteriores, ha ordenado al mismo tiempo a la Audiencia de Sevilla que dicte otra sentencia en la que rebaje su castigo de inhabilitación.
En la misma línea que la seguida por el tribunal al revisar las penas de otros ex altos cargos andaluces, la corte de garantías ha estimado parcialmente el recurso del exconsejero de Presidencia andaluz contra la sentencia que le condenó a 9 años de inhabilitación por un delito de prevaricación en la causa de los ERE, al considerar que esta vulneró su derecho a la legalidad penal.
Además, lo ha hecho con el mismo equilibrio de fuerzas: los siete magistrados progresistas han votado a favor y los cuatro conservadores en contra.
De este modo, anula, por tanto, la resolución de la Audiencia de Sevilla, confirmada después por el Tribunal Supremo, e insta a dictar una nueva que previsiblemente reducirá su condena, como hizo ayer con los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
En el caso de este último, también borró su condena de cárcel por malversación.
Concretamente, el pleno del Constitucional estimó que las sentencias de la Audiencia de Sevilla y del Supremo que condenaron a Griñán por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación a 6 años y 2 días de prisión y a 15 años de inhabilitación absoluta vulneraron su derecho a la legalidad penal y a la presunción de inocencia.
Por ello, ordenó retrotraer las actuaciones a la Audiencia Provincial de Sevilla para que dicte un nuevo fallo.
Por su parte, el pleno del Tribunal Constitucional también estimó parcialmente el recurso del expresidente andaluz Manuel Chaves contra su condena por prevaricación. Así, ha considerado vulnerado el derecho a la legalidad penal de Chaves en las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla y de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que lo condenaron por un delito de prevaricación a la pena de 9 años de inhabilitación especial.
En este sentido, el planteamiento del TC es el mismo que en los fallos anteriores de los ERE, es decir que la elaboración de los anteproyectos y su aprobación como proyectos de ley no constituye prevaricación y que a partir de 2002 se actuaba conforme a la cobertura de la Ley de Presupuestos aprobada por el Parlamento andaluz, de modo que solo se mantiene la condena por ayudas concedidas antes de 2002 y por una modificación presupuestaria ajena a las ayudas sociolaborales aprobada en 2004.
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