Un juez amnistía a 46 agentes de la Policía Nacional investigados por las cargas del 1-O en Barcelona
La decisión ha sido acordada por el Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona
Los agentes estaban investigados por las cargas del 1 de octubre en colegios electorales de la Ciudad Condal
¿Qué pasa ahora con Puigdemont? De la orden de detención a la posible reactivación de la euroorden
El Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona ha acordado este martes aplicar la Ley de Amnistía a los 46 agentes de la Policía Nacional investigados por las cargas del 1-O en colegios electorales de Barcelona.
En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez sostiene que "la amnistía debe ser aplicada a los investigados en el presente procedimiento, ya que las actuaciones investigadas fueron de escasa duración individual, enmarcadas en un objetivo policial definido y que no continuaron una vez conseguido el mismo sin que se prolongaran en el tiempo más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida de los distintos colegios electorales".
MÁS
Alberto Núñez Feijóo afirma que Pedro Sánchez engañó a Carles Puigdemont con la amnistía y él "se dejó"
El Supremo rechaza amnistiar la malversación y mantiene la orden de detención de Carles Puigdemont
Carles Puigdemont acusa al juez Joaquín Aguirre de “hacer política desde su cargo” para “subvertir el Estado de derecho”
A este respecto, afirma que los hechos investigados no fueron lo suficientemente graves como para excluirlos de la aplicación de esta medida de gracia, que no ampara delitos de lesiones penados con más de cinco años de prisión, ni tampoco delitos de torturas o trato degradante.
Amnistía a a los 46 agentes y recalca que no hubo lesiones de gravedad
En el presente caso, el juez considera que ninguno de los uniformados lesionó de gravedad a quienes acudieron a los colegios electorales para participar en el referéndum del 1-O, pese a que las acusaciones populares ejercidas por Irídia, Òmnium Cultural y la ANC pedían que sus actuaciones no quedaran amparadas por esta ley.
Esta norma exime de responsabilidad penal, administrativa o contable a los autores de actos ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2023, así como su preparación y sus consecuencias, siempre que se hayan producido entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023.
Suscríbete a las newsletters de Informativos Telecinco y te contamos las noticias en tu mail.
Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y conoce toda la actualidad al momento.