La Fiscalía ha pedido que se amnistíe al medio centenar de policías nacionales investigados por las cargas en el referéndum del 1-O en Barcelona, tras la aprobación de la ley el pasado 30 de mayo en el Congreso. Desde el ministerio público consideran que los agentes que no incurrieron en delitos de discriminación, ni contra la integridad moral lo suficientemente graves para ser excluidos de la ley.
En un informe de apenas una página, la Fiscalía ha pedido al titular del juzgado de instrucción número 7 de Barcelona la aplicación de la ley amnistía a los policías procesados, a quienes se acusaba de delitos de lesiones y contra la integridad moral por las cargas para impedir el referéndum.
La Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, también conocida como ley de amnistía, entró en vigor el pasado 11 de junio, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, abriéndose un plazo de dos meses para que jueces y tribunales la apliquen.
El decreto, firmado por el rey Felipe VI y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, recoge la norma que el Congreso respaldó con mayoría absoluta, levantando el veto del Senado y dando luz verde definitiva a su aprobación tras varios meses de tramitación y negociaciones entre el Ejecutivo y las formaciones independentistas.
La Ley de amnistía incluye tanto a los condenados por la consulta del 9 de noviembre de 2014 como los del referéndum independentista de 2017, así como el archivo de las investigaciones abiertas por los disturbios posteriores contra la sentencia del Tribunal Supremo. Según el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Felix Bolaños, la norma ampara a 372 personas, entre las que se incluyen dirigentes de Junts y ERC, a los 12 CDR procesados y a los investigados por 'Tsunami Democràtic', entre otros.
Quedan exonerados los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas y de malversación, si no hay enriquecimiento, en el marco del independentismo catalán. También amnistía el terrorismo atribuido al 'procés', llamado de baja intensidad y cuando no se haya actuado con intención directa" de causar "violaciones graves de Derechos Humanos", como matar y torturar.
La ley de amnistía perdona actos tipificados como tortura cuando "no superen un umbral mínimo de gravedad" y exculpa la traición cuando no se haya producido una "amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial" como fija la ONU.
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