La defensa del exministro de Economía Rodrigo Rato ha pedido al inicio del juicio que se celebra en la Audiencia Provincial de Madrid contra él la nulidad del auto de entrada y registro de 2015, que está en el origen de la causa que se sigue por un supuesto incremento ilícito de su patrimonio, porque vulneró el derecho a la defensa y la inviolabilidad del domicilio, el secreto de las comunicaciones y el secreto profesional.
Tras la exposición de cuestiones previas de la fiscal, que se ha limitado a aportar una serie de documentación para que sea incorporada al plenario, en el turno de la defensa de Rato, su abogada, María Massó, ha sostenido que los dos documentos en los que se apoyó el instructor para dar luz verde a ese auto que permitía los diferentes registros, un informe de riesgos fiscales del investigado "genérico" realizado por la Agencia Tributaria y la denuncia de Fiscalía, no eran suficientes.
Sobre el primero ha explicado que se trataba de una "exposición muy amplia" que incluía "actuaciones vagas e imprecisas, y con falta de rigor".
En cuanto a la denuncia, ha apuntado que era "mendaz" y ha puesto el foco en que los hechos expuestos en la misma eran "contradictorios y además atípicos". "El propio texto dice una cosa y la contraria en varias ocasiones y en una lectura crítica hubiese debido dar lugar a preguntas o verificaciones y no al automatismo", ha apostillado.
Al respecto, ha recordado que esa denuncia incluía el delito de alzamiento de bienes, que era "radicalmente falso" y que por tanto el propio Ministerio Público retiró. También ha combatido los delitos fiscales que se le achacan teniendo en cuenta la declaración voluntaria que el exmandatario del Fondo Monetario Internacional (FMI) realizó.
"La información tributaria que se refleja -en la denuncia de Fiscalía- como cuotas defraudadas era irrelevante desde punto de vista penal porque se declararon voluntariamente antes de la denuncia", ha explicado.
Por otro lado, también ha atacado que en esos registros que se alargaron por dos días en abril de 2015, se hicieron volcados sin seguir el proceder legal necesario y que pasa por que un letrado de la Administración de Justicia (LAJ) esté presente en determinados momentos, incluido la asistencia del mismo en el precinto y desprecinto de lo requisado para los clonados. Apunta que en determinados registros no estuvo el LAJ ni el acusado, algo necesario.
Así, ha indicado que la información conseguida en determinados registros es "ilegal" y por tanto "debe ser expulsada de la causa". Además, la abogada ha señalado que tras analizar la documentación incautada tres años después, vieron que los 9 millones de archivos digitales y los miles de folios que se habrían aportado el 23 abril de 2015 por la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) y que fue usada por la Unidad Central Operativa (UCO), era documentación "ajena al auto habilitante de los registros".
"Se incautó documentación de 35 años frente a los tres años que daba amparo el auto habilitante, y sobre 100 personas cuando el auto solo hablaba de una persona jurídica y otra física. No se acotó nada", ha denunciado sobre uno de los registros.
Así, considera que el mandato del instructor fue "desoído" porque "se llevaron todo con la finalidad de buscar el delito", por lo que no cabe que se afirme que "fueron hallazgos casuales". "La incautación fue desproporciona, buscada y jamás rectificada" además de "masiva e indiscriminada" por parte de la ONIF y de la UCO, ha concluido.
Tras esto, ha insistido en que "todo el relato acusatorio se ha construido con los registros de abril de 2015 o lo allegado por la ONIF", y por lo tanto "la conexión de antijuricidad concurre puesto que a través de la medida acordada se construye esta causa". "Sin el auto habilitante no habría relato acusatorio, y decaído ese relato solo cabría la libre absolución", ha apostillado.
Por otra parte, también ha solicitado con carácter subsidiario la nulidad de toda la documentación incautada y que estaba protegida por el secreto profesional.
Durante su exposición, que ha copado la mayor parte de la jornada, ha denunciado que en la causa se ha vulnerado la tutela judicial efectiva para su defendido y que la investigación ha sido prospectiva dado que todo lo incautado se analizó durante 6 años "cristalizando en la causa".
Para Massó, la instrucción vivida "es un constante goteo" de líneas de investigación basadas en documentación que no debía estar incorporada, por lo que ha incidido en que solicita "la nulidad de la causa por ser una causa general contra Rodrigo Rato y su entorno familiar y societario".
La abogada ha considerado asimismo que los delitos contra Hacienda por los que se le juzga a Rato y que comprenden los ejercicios que van de 2005 a 2010 ya estarían prescritos.
"No se puede abrir juicio oral por 11 delitos fiscales", ha señalado matizando que entrarían en el plazo de no prescripción los que van de 2011 a 2015.
Al hilo, ha sostenido que la regulación tributaria que realizó Rato, cuando se acogió a la amnistía fiscal, era una tributación especial y por tanto "no interrumpe la prescripción del IRPF".
Por último, sobre la admisión de pruebas, la defensa ha interesado de nuevo la testifical del exministro Rafael Catalá y de Santiago Menéndez, quien fuera director de la Agencia Tributaria entre 2013 y 2018, a la luz de hechos nuevos conocidos en el marco de la investigación que se realiza en el Juzgado de Instrucción 2 de Tarragona sobre el despacho Equipo Económico, una consultoría fundada por el exministro de Hacienda Cristóbal Montoro y en la que se podría analizar un posible delito de "revelación de secretos".
Su exposición de más de cuatro años ha concluido con la petición de dispensa de su defendido de asistir a las sesiones en las que no tenga que declarar.
El juicio contra el que fuera el súper ministro de Economía del Gobierno de Aznar y otros 16 acusados ha arrancado este viernes en la Audiencia Provincial de Madrid y extenderá sus sesiones hasta finales de mayo.
La Fiscalía pide para él una pena de cárcel que asciende a aproximadamente 70 años por 11 delitos contra la Hacienda Pública, un delito de blanqueo de capitales y otro de corrupción en los negocios en el marco de la causa sobre el presunto incremento ilícito de su patrimonio. Habría defraudado a Hacienda 8,5 millones de euros.
Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, el que también fuera presidente del FMI habría mantenido desde 1999 un patrimonio oculto a la Hacienda Pública a través de diversas sociedades con las que habría realizado continuas actividades de inversión financiera mediante cuentas bancarias en Bahamas, Suiza, Mónaco, Luxemburgo y Reino Unido, entre otros lugares.
El análisis de la documentación intervenida, señalaba la Fiscalía, permitió identificar incrementos patrimoniales no justificados entre 2005 y 2015 por un importe total de 15,6 millones de euros, además de rendimientos de capital mobiliario en el exterior tampoco declarados a Hacienda.
La Fiscalía recordaba además que Rato se acogió en noviembre de 2012 a la amnistía fiscal y apuntaba que omitió cualquier referencia a varias sociedades que poseía declarando así un patrimonio en el exterior de 115.333,50 euros y pagando a la Hacienda española 11.533,35 €.
Anticorrupción indicaba al respecto que Rato, "lejos de haber regularizado ni administrativa ni, menos aún, penalmente -su fortuna- utilizó en realidad la declaración tributaria especial (DTE) como un vehículo de blanqueamiento o limpieza de las ilícitas cuotas defraudadas que arrastraba desde hacía años por su patrimonio exterior".
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