Los ayuntamientos finalizan este miércoles los sorteos que iniciaron hace siete días para elegir a los más de 543.000 miembros de las 60.340 mesas electorales que se conformarán en toda España para las elecciones generales del 23 de julio. Conocidos los candidatos a presidente y vocales, así como los suplentes, se pone en marcha un mecanismo de notificación a los elegidos para que tengan conocimiento de su designación. Pero, ¿qué pasa si no estoy presente en mi domicilio o si no recojo el aviso en el buzón o en Correos?
La ley electoral no prevé sanciones para los elegidos para formar las mesas electorales si no se dan por informados, las sanciones en forma de multa o incluso de cárcel se sustancian si no se presentan en el colegio electoral que les ha correspondido como miembros de la mesa, algo probable si no han sido conocedores de su designación. La ley establece que las notificaciones han de ser entregadas en mano a los interesados "en el plazo de tres días" tras la celebración del sorteo.
Las notificaciones para formar parte de las mesas electorales deben entregarse en persona por parte de los carteros. No recoger la notificación no está recogido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) como una de las justificaciones para no acudir. No se puede esgrimir para evitar la sanción correspondiente.
Algunos ayuntamientos recurren a la Policía Local para tratar de completar la labor de los carteros y se suman a las labores de localización de los designados. No todos los consistorios hacen públicos los resultados del proceso de insaculación por lo que hay que estar muy atentos durante estas fechas para la recepción de la correspondiente notificación.
La ley electoral establece que se deben producir al menos dos intentos de notificación en horarios diferentes. Si tras ese segundo intento no se recibe una respuesta, se deja una notificación en el buzón, y la notificación quedará entonces a la espera en la Oficina de Correos.
Hay que recordar que en estos sorteos se elige a un presidente y dos vocales para cada mesa electoral, así como a otros dos suplentes por cada uno de ellos, a los que se entrega junto a la notificación un manual de instrucciones sobre sus funciones.
Tal y como establece la ley, es obligatorio formar parte de una mesa electoral, salvo contadas excepciones, por lo que ausentarse el día de la jornada electoral puede conllevar una pena de prisión de tres meses a un año o una multa.