Dudas sobre el voto por correo: el reparto de documentación se prolongará hasta el 18 de julio
Se puede solicitar que se envíe la documentación a la oficina de Correos, pero no se puede depositar en un buzón
El plazo para votar por correo acaba el 19 de julio, y la documentación puede llegar hasta el día antes
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Una parte de los 37.466.432 españoles que están llamados a las urnas el 23 de julio ya tiene claro que va a votar por correo. Pero claro, una vez calculadas las fechas y anotado el procedimiento, siguen surgiendo dudas, porque cada cual tiene sus circunstancias.
Personas que no tienen totalmente definida la fecha o el destino de vacaciones, o que no van a estar en un mismo sitio durante todos los días que dure el reparto... ciudadanos que esperan al cartero como agua de mayo y no lo ven llegar..
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En Nius intentamos resolver algunas de esas dudas puntuales de cara a la próxima cita electoral.
Si el cartero viene a entregarme la documentación para votar y no esto... ¿Cuánto tarda en volver?
No hay un plazo cerrado. Eso depende de la oficina y de la carga de reparto que haya esos días en esa zona. Los funcionarios pueden volver ese mismo día o varios después. Es en esa segunda ocasión cuando, si de nuevo no estamos, nos dejan un aviso para que vayamos a recoger la documentación en la oficina. Si lo hacemos así, podemos aprovechar esa visita para depositar nuestro voto.
¿Puedo solicitar el voto a la oficina de Correos?
Ya hemos contado en varias ocasiones que al pedir el voto podemos consignar cualquier dirección para la entrega. Y entre las posibilidades -lo hemos comprobado- está solicitar que nos envíen los sobres y las papeletas al despacho de Correos que nos corresponde. En ese caso, recibiremos un aviso para poder ir a votar sin tener que esperar a que nos entreguen la documentación en nuestro domicilio.
¿Puedo enviarlo desde un buzón?
No, no se puede enviar por un buzón, y si lo hace, su sufragio no contabilizará como válido. La Ley Orgánica del Régimen Electoral (LOREG) es clara: el voto por correo tiene que ser remitido por correo certificado.
¿Hasta qué fecha tiene de plazo Correos para entregarme mi voto por correo?
El plazo de Correos para entregar el voto es una de las dudas de muchas personas cuyas vacaciones van a estar en el límite de las fechas. La fecha máxima de entrega es hasta el día 18 de julio, el día anterior al final de plazo de este tipo de voto.
¿Y qué pasa si no lo recibo?
Si no lo recibe podrá votar presencialmente, porque la todavía no estará registrado en el censo del voto por correo. Solo cuando ya se ha recibido y firmado la documentación no hay vuelta atrás. Pero si solo está solicitada, todavía está a tiempo de cambiar de plan.