Panel de Alba Lago: La Ley de Familias
Alba Lago analiza los puntos más importantes en la Ley de Familias
Diversidad de las situaciones familiares y aborda la emergencia de conciliación
Las claves de la ley de familia: las parejas de hecho tendrán los mismos días de permiso que los matrimonios
El Consejo de Ministros ha dado luz verde definitiva este martes a la ley de Familias, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que, entre otras medidas, reconoce la diversidad de las situaciones familiares y aborda la "emergencia de conciliación" con nuevos permisos retribuidos para el cuidado de hijos, padres y convivientes.
La ley de Familias, que fue aprobada en primera vuelta el pasado mes de diciembre, será enviada ahora al Congreso de los Diputados para continuar con su tramitación.
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La nueva ley crea tres permisos de cuidados:
- El primero de ellos, un permiso por cuidado de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
- También incluye un permiso parental de ocho semanas, que se podrán disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años;
- Permiso de cuatro días por ausencia para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas, "para cuando, por ejemplo, te llamen del colegio porque el niño o la niña se ha puesto enfermo", tal y como ha señalado Belarra.
Renta crianza de 100 euros al mes
En cuanto al apoyo a la crianza, se extenderá de manera estructural la renta crianza de 100 euros al mes a las familias con hijos hasta los 3 años. Esta ampliación incluye a todas las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no y también a las que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto. Del mismo modo, se reconocerá el derecho a la atención temprana, gratuita y de calidad y no limitada a la primera infancia.
Distintos tipos de familias
Además, el texto garantiza el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en España, equiparando sus derechos. Así, se van a reconocer legalmente a las familias LGTBI, a las familias con miembros con discapacidad, a las familias múltiples, a las adoptivas, a las
La ley también avanza en la equiparación entre los matrimonios y las parejas de hecho, garantizando que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.
'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza'
Asimismo, a partir de la aprobación de la ley, se crea la denominación de 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza' en la que se incluye a las "familias numerosas", además de: las familias monomarentales con dos hijos; las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
Por otro lado, pasarán a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza de categoría especial las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).