¿Quiénes podrán recibir más becas y ayudas con la nueva Ley de Familias?
La nueva Ley de Familias incluye la denominación de 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza'
Los tipos de familias incluidos en esta denominación podrían tener preferencia en ciertas ayudas
Las claves de la ley de familia: las parejas de hecho tendrán los mismos días de permiso que los matrimonios
El Consejo de Ministros aprueba la Ley de Familias, que extiende los beneficios de familias numerosas a monoparentales con dos hijos, entre otras medidas. Bajo la denominación de 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza', varios hogares podrían beneficiarse de esta condición a la hora de solicitar becas o ayudas.
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Esta nueva Ley de Familias tiene cuatro objetivos principales: la ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza; avanzar en la garantía del derecho a la conciliación; el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en España, y el reconocimiento y protección de los derechos de los niños y adolescentes.
Las familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza
Pero, ¿qué tipos de familias puede verse beneficiados a la hora de solicitar una beca o una ayuda con esta ley? Las incluidas bajo la denominación de 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza' podrían tener preferencia para recibir una beca o en la reducción y exención de tasas y precios públicos, al igual que en el transporte público.
Bajo la denominación de 'Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza' se incluye a: las "familias numerosas"; las monomarentales con dos hijos; las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
Asimismo, pasarán a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza "de categoría especial" las familias que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).
Medidas que contempla la Ley de Familias
Entre otras medidas, que beneficiará a unas 250 000 nuevas madres en España, se amplía la protección social a las familias, extendiéndose la renta crianza de 100 euros al mes para un mayor número de familias con hijos e hijas de 0 a 3 años. Según los cálculos del departamento, esta medida beneficiará a unas 250 000 nuevas madres en España.
Respecto a la garantía del derecho a la conciliación, la ley crea tres permisos de cuidados, el primero de ellos, un permiso por cuidado de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
También incluye un permiso parental de ocho semanas, que se podrán disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años; y un permiso de cuatro días por ausencia para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas.
Además, la ley avanza en la equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.
La ley genera asimismo un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI, con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, reconstituidas, adoptivas o acogedoras.
En concreto, las familias múltiples, es decir, aquellas que tienen varios hijos o hijas a la vez, serán consideradas como colectivo de especial protección y los hijos e hijas de parejas no casadas podrán ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante.
Asimismo, prohibía que los padres y tutores impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar a través del conocido como 'PIN parental' o de cualquier otro mecanismo similar en los centros educativos.