Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado ya cuentan con un protocolo de actuación que les permite informar a una mujer que denuncia malos tratos de los antecedentes de su agresor con anteriores parejas. La instrucción del Ministerio del Interior fija una serie de condiciones para ello.
El texto de la orden, la 1/2023 a la que ha tenido acceso EFE, justifica esta comunicación a las víctimas tras el análisis de los casos de violencia machista incorporados en el sistema de seguimiento VioGén que determinan que la condición de agresor reincidente o persistente -dos o más denuncias de parejas distintas- "constituye un factor de riesgo específico y grave para la mujer y los hijos o personas que de ella dependan".
Ahora bien, la extensa instrucción de diez páginas firmada este jueves por el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, deja claros los "términos y supuestos" en los que los agentes especializados en la atención a las víctimas de violencia machista pueden informar de estos antecedentes, sin que en ningún caso esa comunicación pueda ser "generalizada".
Los criterios específicos para que una víctima que denuncia a su agresor sea informada de que este ha tenido episodios de maltrato con parejas anteriores son los siguientes:
- La valoración del riesgo policial debe arrojar un nivel de riesgo Medio de especial relevancia, Alto o Extremo.
- Se deben cumplir todas estas circunstancias: planes o amenazas dirigidas a hacer daño a la víctima; celos exagerados o sospechas de infidelidad; antecedentes violentos del agresor o adicciones a tóxicos y que la víctima haya expresado su intención de romper la relación.
- La violencia denunciada por esa víctima debe contemplar conductas consideradas durante la evaluación policial del riesgo "como graves o muy graves", con violencia física, sexual o amenazas de muerte.
- Solo se avisará de antecedentes de su pareja cuando esta figure en el sistema en los cinco años anteriores, por lo que quedarán excluidos el resto, así como los hechos prescritos o sobre los que haya resolución absolutoria o sobreseimiento libre.
- La información facilitada será: "Los datos de la persona denunciada constan en el Sistema VioGén". No se le dirá ni la naturaleza del maltrato anterior, su valoración jurídica, situación procesal ni otros antecedentes o datos personales.
La instrucción no solo desarrolla la comunicación a las víctimas de los antecedentes del agresor sino que también incluye una serie de "medidas especiales de protección ante los casos de agresores persistentes" y refuerza las estrategias de "monitorización" sobre este perfil de "pluri-victimizadores":
- Se comunicará al agresor denunciado que las medidas de control, protección y seguimiento se extenderán a otras víctimas previas.
- Si los agentes solicitan a fiscalía que el agresor lleve pulsera telemática, deberán explicitar en el atestado policial que constan denuncias de otras víctimas y deberán destacar que el denunciado "presenta un notable riesgo específico de comisión de nuevos hechos delictivos con la misma víctima y con otras".
- Los agentes reevaluarán el riesgo de víctimas de ese agresor activas en el Sistema VioGén. Cunado el caso figure en sistema como "inactivo" en un plazo inferior a tres meses también se pondrán en contacto con la víctima.
- Se extremarán las acciones para cumplir las medidas judiciales como puede ser una orden de alejamiento, pues estos agresores presentan mayores probabilidades de quebrantarlas.
- Se examinará, contrastará y actualizarán los datos que constan en prisiones sobre estos agresores.
- Cuando haya un caso de agresor persistente, el sistema VioGén generará de forma automática y con independencia del nivel del riesgo un "informe" con las características de este tipo de agresores, con el objetivo "de mejorar la calidad de información de la que disponen los jueces y tribunales a la hora de tomar sus decisiones".