El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado este martes la razón al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena al sentenciar que la Justicia belga no puede rechazar la entrega de los encausados por el 'Procés' reclamados para ser juzgados en España, entre ellos el expresidente catalán Carles Puigdemont, basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.
La sentencia plantea algunas dudas ya que, a pesar de afirmar que ningún país de la Unión Europea puede cuestionar la competencia del Tribunal Supremo para emitir las euroórdenes contra los líderes independentistas, añade que sí puede negarse a entregarles si considera que en España existen "deficiencias sistémicas" para garantizar sus derechos fundamentales, según el Tribunal de Justicia de la UE
La sentencia dictada por la Gran Sala del tribunal europeo, ante la que no cabe recurso y es de obligado cumplimiento, responde a las cuestiones prejudiciales remitidas por Llarena en marzo de 2021 después de que la Justicia belga rechazara entregar al exconseller Lluis Puig por considerar que el tribunal competente para reclamar su extradición debería ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que de ser entregado en España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia.
Llarena acudió a la Justicia europea para aclarar tanto el alcance de la emisión de las Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE) emitidas por el Tribunal Supremo contra varios encausados por su papel en el 'Procés', entre ellos el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, como las razones para denegar la ejecución de tales euroórdenes.
El fallo de hoy permite emitir una nueva euroórden contra el exconsejero catalán Lluis Puig, quien huyó con Puigdemont a Bélgica en 2017 pero que a diferencia del expresidente no es eurodiputado y no goza, por tanto, de inmunidad.
En su sentencia, la Gran Sala formada por quince jueces aclara también que el marco de las OEDE permite emitir varias euroórdenes "sucesivas" para reclamar la entrega de la misma persona después de que la autoridad responsable denegara la ejecución de una primera orden siempre que "no de lugar a una vulneración de los Derechos Fundamentales de la persona y su emisión tenga carácter proporcionado".
El Alto Tribunal europeo recalca además que los principios de confianza y de reconocimiento mutuos entre los Estados miembro "constituyen la piedra angular" del sistema de cooperación judicial que enmarca las euroórdenes, al tiempo que subraya la "importancia capital" que reviste el derecho fundamental a un proceso equitativo.
Sobre las competencias del Supremo para reclamar la entrega de los reclamados, el TJUE advierte de que la autoridad belga responsable de la ejecución de la euroorden no es quien puede cuestionar esta circunstancia por lo que no puede negar la entrega porque considere que la autoridad nacional que ha solicitado la extradición no sea competente.
Respecto a la vulneración de derechos fundamentales de los reclamados y el riesgo de que no tengan un proceso justo si son entregados, el Tribunal europeo advierte de que deben demostrarse deficiencias "sistémicas y generalizadas" en el sistema judicial del Estado miembro al que serían entregados.
El abogado Gonzalo Boye, que representa al expresidente del Govern Carles Puigdemont y a los exconsellers Clara Ponsatí y Lluís Puig, ha expresado tras conocerse el fallo del TJUE en las prejudiciales sobre las euroórdenes de sus clientes: "Hoy es un buen día".
"Las sentencias del TJUE son para leerlas íntegramente", ha publicado Boye en un tuit recogido por Europa Press.