Los fiscales del Tribunal Supremo que acusaron a Oriol Junqueras y el resto de líderes independentistas del 1-O han pedido a la Sala que mantengan las penas por malversación agravada a los que fueron condenados por ese delito en concurso con uno de sedición. También solicita que la antigua sedición se considere un delito de desórdenes públicos agravados, y en algunos casos, incluso pide que se contemple el delito de desórdenes públicos más el de desobediencia, según el recurso al que ha accedido NIUS.
En el delito de malversación, no ha de entenderse el ánimo de lucro como llevarse el dinero al bolsillo: "no requiere el enriquecimiento del autor, sino, en todo caso, la disminución ilícita de los caudales públicos o bienes asimilados a éstos", dicen los fiscales del procés, que interpretan la reforma de la malversación en la misma línea en la que lo hace el juez Pablo Llarena.
Esa es la interpretación clave para dirimir el futuro de Oriol Junqueras y la posibilidad de que se presente a unas elecciones en este 2023. Según la interpretación de Llarena y ahora la de la Fiscalía del Supremo, no podría hacerlo de ninguna de las maneras. Falta que decida el tribunal que preside Manuel Marchena, pero el camino está indicado.
El Ministerio Público ya había reflejado la misma postura en su respuesta al auto de procesamiento de Llarena sobre Carles Puigdemont; en un decreto del fiscal general del Estado, emitido esta misma mañana; y ahora lo hacen en su alegación al tribunal presidido por Manuel Marchena. El que condenó a Junqueras y el resto.
Para la Fiscalía, los que fueron condenados por malversación y sedición, no deben ver rebajada su condena ni un mes. Es el caso de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.
En lo que no coinciden con el magistrado es en limitar el antiguo delito de sedición, derogado, a uno de desobediencia. Es más, en algunos casos, los de los condenados que tenían un cargo publico, piden que se imputen los delitos de desórdenes públicos y de desobediencia en concurso.
En el caso de los Jordis, condenados sólo por sedición y que no eran autoridades públicas, los fiscales creen que hay que condenarlos por desórdenes públicos agravados. Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, líderes de las entidades cívicas ANC y Òmnium cultural, verían su inhabilitación reducida casi a la mitad de la pena pendiente.
Pero en los casos de la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los exconsellers Josep Rull y Joaquim Forn, altos cargos condenados por sedición, los fiscales piden que se les imputen los delitos de desórdenes públicos agravados y desobediencia, aunque aún así verían rebajadas sus inhabilitaciones, pero menos que los Jordis.
Así quedarían las condenas por inhabilitación si los jueces atienden al escrito:
Los fiscales contradicen a Pablo Llarena cuando hablaba de la práctica despenalización del delito de sedición a través de su reforma: "la desaparición de los tipos penales de sedición no equivale a una despenalización de todos los hechos antes subsumibles en ellos ni, en concreto, comporta la despenalización de los hechos que motivaron la condena por ese delito", escriben.
A su juicio, la nueva normativa "obliga a examinar las posibilidades de subsunción de los mismos hechos en los tipos penales vigentes". Y como según su escrito sí se pueden subsumir en desórdenes públicos y desobediencia, no consideran que esté existiendo esa despenalización.