El fiscal general del Estado ha emitido un decreto para unificar criterios en los casos de malversación, tras la rebaja de las penas cuando no hay ánimo de lucro. Y ahí está la clave, porque en la línea con el Supremo, Álvaro García Ortiz expone que el ánimo de Lucro va más allá del enriquecimiento: "El ánimo de lucro exigido por el nuevo delito de malversación se apreciará en todos los casos en los que el responsable actúe con conciencia y voluntad de disponer del patrimonio público como si fuera propio, destinándolo a fines ajenos a la función pública para conseguir una ventaja o beneficio propio o ajeno de cualquier tipo. Por consiguiente, el ánimo de lucro también se apreciará cuando el responsable del delito no persiga la obtención de una ventaja patrimonial o un incremento económico personal", dice textualmente el decreto.
Esa manera de entender el ánimo de lucro es la misma por la que el magistrado Pablo Llarena decidió mantener el procesamiento a Carles Puigdemont por malversación, en su tipo más agravado. Ahora, se hace la misma interpretación, que afectará también a Oriol Junqueras y el resto de los líderes del procés condenados.
La Fiscalía ya se había mostrado de acuerdo en su respuesta al auto de procesamiento de Llarena sobre Puigdemont, pero ahora lo pone negro sobre blanco, en un texto en el que asegura que esta reforma no permite que ningún tipo de malversación quede impune.
El documento está trabajado con la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, los Fiscales de Sala Jefes de la Sección Penal del Tribunal Supremo, el Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Anticorrupción y la Fiscal de Sala Jefa de la Secretaría Técnica.