Nueva ley de mascotas: ¿qué hago si tengo un animal prohibido en casa?

  • La ley de Bienestar obliga a los ayuntamientos a encargarse “de la recogida de animales extraviados y abandonados y su alojamiento en un centro de protección animal y para ello deberán tener un servicio de urgencia para la recogida y atención veterinaria de estos animales, disponible las 24 horas

  • Las tiendas de animales no podrán vender gatos, perros ni hurones, algo que ya está incluidos en normas de algunas autonomías

  • La primera ley de bienestar animal llega al Congreso: sus claves y sus polémicas

La Ley de Bienestar Animal ha provocado mucha polémica, pero sobre todo, muchos bulos. A pesar de lo que circula por redes sociales y mensajes de WhatsApp, se podrá seguir teniendo como mascota o animal de compañía periquitos, hámsteres, conejos, tortugas, porque el listado de animales de compañía prohibidos solo incluye aquellas especies  que supongan un problema para "la seguridad ciudadana, la salud pública o la biodiversidad"

Entonces, sí que se podrán tener perros, gatos y agapornis, periquitos, aunque los dueños de perros deberán pasar un curso formativo gratuito, para garantizar una tenencia responsable del animal, aunque no se podrán comprar ni adoptar perros y gatos de menos de ocho semanas.

Cuando se entregue el animal se deberá hacer constar “en un contrato entre las partes” y será “obligatorio” identificar con un microchip a los perros, gatos y hurones “desde su nacimiento” . En el caso de los pájaros, con una anilla e inscribirlos en el Registro de Animales de Compañía.

Sí prohíbe vender perros, gatos y hurones en las tiendas de animales, como ya sucede, en parte, en la Comunidad de Madrid y otras comunidades autónomas. Estos establecimientos sí podrán, en cambio, ofrecer mascotas en adopción mediante acuerdos con protectoras. 

La Ley de Bienestar Animal, también conocida como ley de mascotas, impulsada por el ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 tampoco multará a los mendigos o personas sin hogar por tener perros, como asegura uno de los bulos.

Que achaca a la ley animalista del Gobierno multas de hasta 10.000 euros a los mendigos que pidan limosna con perros. “El anteproyecto de la ley animalista aprobada por el Consejo de Ministros establece que ejercer la mendicidad con perros debe ser castigado con sanciones que van desde los 500 a los 10.000 euros”, dice. 

Sin embargo, el Director de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, ha rechazado este bulo subrayando que ley alude a la prohibición de utilizar a animales de compañía y silvestres en cautividad de forma ambulante, como reclamo o ejercer la mendicidad valiéndose de ellos

La Ley de Bienestar, que entrará en vigor antes de que finalice el este año se aplicará a los animales domésticos y silvestres en cautiverio, que son fundamentalmente perros, gatos, peces y pájaros y entre sus objetivos está prevenir el alto grado de abandono de animales en España.

Unas 13 millones de animales registrados e identificados en España: la mitad no tienen control sanitario

En España hay una mascota en uno de cada tres hogares y en la actualidad hay 13 millones de animales registrados e identificados.  El 50% de estos no tienen ningún tipo de control sanitario.

El artículo 27 de la ley regula la prohibición de la cría de animales de compañía por criadores no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía (pág 29), algo que han destacado los más críticos con la nueva norma.

Sin embargo, el Director de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, ha argumentado en diferntes medios, que para ser criador solo basta inscribirse, un proceso ágil, abierto, que se puede realizar online de forma gratuita. El objetivo es garantizar un registro fiable de todos los animales que nazcan.

Se prohíbe “dejar sin supervisión” a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos. En el caso de los perros, no podrá superar las 24 horas dejados en casas, pisos o espacios particulares .

Otro de las fakes news que hizo saltar chispas era que la ley en su artículo 22, obliga a "tener asistencia veterinaria las 24 horas a pueblos que ni siquiera tienen médico”. En realidad, lo que la norma establece es que los ayuntamientos tengan que encargarse “de la recogida de animales extraviados y abandonados y su alojamiento en un centro de protección animal.

Para ello tendrán que contar con un servicio de urgencia disponible las 24 horas para la recogida y atención veterinaria de estos animales callejeros, abandonados o extraviados.