Hecha la propuesta del PSOE para eliminar el delito de sedición del Código Penal, en entra en escena otra modificación, la del delito de malversación, por el que también fueron condenados los líderes del referéndum independentista del 1 de octubre de 2017.
La malversación consiste en hacer un uso indebido del dinero público, bien sea en beneficio propio o no. Las penas van desde los dos años de cárcel hasta los ocho. Y además, inhabilitaciones de hasta 20 años de prisión.
Está regulada en el el artículo 432 del Código Penal, dentro del capítulo que recoge los delitos contra la Administración Pública.
La malversación está directamente relacionada con el delito de administración desleal, pero se ocupa específicamente del dinero público.
La malversación se comete siempre por parte de funcionarios públicos o autoridades, que además de ir a prisión pueden ser inhabilitados.
En el caso del juicio del procés, por ejemplo, sólo están condenados por malversación, en concurso con la sedición, cuatro consellers del Govern. Se trata de los que tenían fondos a su disposición y los emplearon en el 1-O. Los líderes civiles, como Jordi Cuixart o Jordi Sánchez, o la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, sólo fueron condenados por sedición. Lo mismo ocurrió con otros miembros del Gobierno de Puigdemont que no intervinieron en el pago de los preparativos o celebración del referéndum.