La reforma del delito de sedición beneficiará a Marta Rovira pero no a Puigdemont
El expresidente catalán está acusado del delito pero en concurso con malversación, por lo que el tipo máximo, si fuera condenado, se quedaría en la misma franja de 12 años
Por contra, la lideresa del Esquerra Republicana de Cataluña sí pasaría a estar imputada solo por un delito de desórdenes públicos agravados
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La decisión del Gobierno de Pedro Sánchez de reformar el delito de sedición en el ordenamiento jurídico español no beneficiará por igual a los distintos líderes catalanes que residen en el extranjero desde la celebración del referéndum ilegal de 1-O. Por un lado, el expresidente catalán Carles Puigdemont verá como su horizonte procesal se queda prácticamente intacto, mientras que la lideresa de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) Marta Rovira será una de las grandes beneficiadas por esta medida.
¿Cuál es la diferencia jurídica entre uno y otro? Que Marta Rovira no era miembro del Govern catalán, y por tanto, no tenía capacidad de decisión sobre el destino de fondos públicos. Así, la Justicia en la actualidad le imputa únicamente un delito de sedición por fomentar presuntamente la ruptura de Cataluña con España de una forma ilícita. Por eso, su horizonte procesal pasaría ahora de los 12 años de prisión máximos del delito de sedición a los cinco que como tope estipula la legislación que preparan PSOE y Unidas Podemos para estos actos, considerados como desórdenes públicos agravados.
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El caso de Puigdemont y otros miembros del Govern que aprobaron tanto la celebración del referéndum del 1-O como la posterior Declaración Unilateral de Independencia (DUI) es distinto, ya que sobre ellos pesa ahora un presunto delito de sedición en concurso con malversación; es decir, son acusados de invertir presuntamente dinero público para conseguir esos fines ilícitos. Una acusación, la de desviar fondos públicos, que no pesa sobre la responsable de ERC, partido que apoya en el Congreso a la coalición de Gobierno.
Aritmética judicial
Con esa figura jurídica sobre la mesa (la sedición en concurso con malversación), la suma de las penas cambia. No se trata de sumar un delito y otro, que ascendería a 26 años de prisión, si no que computa la mitad superior del delito más grave. Con la legislación actual, la condena máxima para Puigdemont sería de 13 años, al ser la sedición el delito más grave. Con el cambio que propone el Gobierno de Sánchez, el horizonte procesal del expresidente se rebaja solo un año, al pasar a ser la malversación el delito más grave y estar penada con un máximo de 12 años. Así, Puigdemnt solo vería reducida su sentencia en un año si recibiera la condena máxima.
Eso explica que para el expresidente catalán, la reforma propuesta por el Ejecutivo de Sánchez “no ayuda a despolitizar nada”. “Lo que siempre hemos mantenido que no era delito, ahora aceptamos que lo es”, ha explicado en un tweet esta misma mañana, en clara referencia a las declaraciones de varios líderes de Esquerra, que han mostrado públicamente su complacencia con la medida.
Y es que los números para Marta Rovira son bien distintos y su posible condena máxima se reduce de 12 a cinco años. Pero hay más. Ese nuevo delito, que le supondría una pena de cárcel y además una inhabilitación para ejercer cargo público durante ocho años, tiene una fecha de prescripción relativamente temprana: 18 de julio de 2023, ya que aunque el referéndum del 1-O se produjo después, la Justicia coma como fecha el último acto acreditable de impulso procesal para Rovira, que fue en esa fecha. Según las fuentes consultadas por NIUS, una vez aprobada la reforma Rovira y el resto de los líderes catalanes acusados de sedición tendría que ser declarados como investigados de nuevo por este delito de desórdenes públicos para que el plazo no prescriba.