Renovación del CGPJ: cuando incumplir las fechas legales no tienen consecuencias

  • La legislación española marca que los mandatos dentro del CGPJ expiran a los cinco años, pero no refleja mecanismos ni sanciones para jueces o políticos si las fechas no se cumplen

  • Lo mismo sucede con la legislación aprobada en mayo que marca un plazo máximo de tres meses para que el CGPJ designe a dos magistrados para el Constitucional

  • De forma constante, la legislación española marca plazos que en la práctica son orientativos para las instituciones, ya que infringirlos no tiene consecuencia alguna

El pasado lunes, el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, reconoció que la legislación aprobada por el Gobierno marca como plazo máximo el día 13 de septiembre para que el organismo elija a dos vocales para el Tribunal Constitucional. “Si nos pasamos unos días no pasa nada. Hasta el 16 o el 18 podemos ir a pleno”, explicó a los agentes. Y no le faltaba razón, sobre todo al tener en cuenta que en muchas ocasiones, las legislaciones aprobadas marcan unos plazos máximos, pero carecen de consecuencias, sanciones o apercibimientos para políticos o miembros de la Administración si estos plazos críticos no se cumplen. 

La laxitud de Lesmes con las deliberaciones es comprensible. Y más si tenemos en cuenta que tanto él como los 18 vocales del CGPJ llevan desde diciembre de 2018 sin que sus puestos hayan sido confirmados o revocados por las cámaras por falta de acuerdo entre el Gobierno y la oposición. Sobre el papel, el mandato máximo de los miembros de la cúpula judicial es de cinco años, después de haber sido confirmados por tres quintos del Congreso y el Senado. 

Sin embargo, Lesmes y el resto de los miembros del consejo llevan ya cuatro años trabajando en funciones a causa de la falta de acuerdo entre la clase política. Y la legislación española no contempla mecanismo alguno de desbloqueo, ni consecuencia o responsabilidad para los diputados y senadores si la decisión se prolonga sine díe por incapacidad o intereses partidistas. 

Medidas que "a nadie le gustan"

Así sucede en muchas ocasiones con la Administración, que entiende como obligaciones el cumplimiento de los plazos por parte de los ciudadanos pero que hace jugar a su favor la inacción y el paso del tiempo, por ejemplo, en los procedimientos administrativos. Es lo que se conoce comúnmente como silencio administrativo, que en la mayoría de los casos suele ser positivo para los organismos públicos. 

En el caso de la renovación del CGPJ, son los jueces quienes han pedido en repetidas ocasiones que esos plazos se cumplan mientras que la clase política hace oídos sordos a los plazos. Por eso, Carlos Lesmes puso sobre la mesa ante Felipe VI durante su discurso de apertura del año judicial, la posibilidad de tomar “medidas” que “a nadie le gustan” si el Gobierno y la oposición no alcanzan un pacto para renovar la cúpula judicial “en las próximas semanas”.