En las elecciones próximas elecciones al Parlamento de Galicia 2024, que se celebrarán el 18 de febrero de 2024, puede que te hayas planteado un asunto importante sobre el derecho al voto y las personas que pueden ejercerlo: ¿por qué los extranjeros residentes no pueden participar? Una decisión que puede parecer extraña, pero que tiene razones de peso detrás de esta restricción y su aplicación en el contexto de las elecciones gallegas.
Las normativas electorales, como las establecidas por la Junta Electoral Central, definen quiénes son elegibles para votar en determinadas elecciones. En el caso de las elecciones generales, como las de Galicia, no todos los residentes tienen derecho a voto. Las restricciones incluyen a varios colectivos, como los extranjeros de la Unión Europea y extranjeros de terceros países con acuerdo firmado. Aunque residen en España, no poseen la nacionalidad española y, por lo tanto, no están habilitados para votar en las elecciones autonómicas gallegas.
Tampoco pueden hacerlo los solicitantes de asilo, refugiados y personas en situación irregular. Todos estos grupos, aunque residen en España, tampoco están incluidos en el censo electoral vigente para estas elecciones al Parlamento de Galicia 2024. Los extranjeros con nacionalidad española sí que podrán participar en las elecciones.
De la misma manera, los ciudadanos españoles residentes en el extranjero inscritos en el Censo de los Electores Residentes-Ausentes (CERA) pueden también ejercer su derecho a voto en las elecciones al Parlamento Europeo, Congreso de los Diputados, Senado, y Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, incluyendo por supuesto las de Galicia 2024. Esta disposición asegura que los ciudadanos españoles residentes en el extranjero preserven su derecho a participar en decisiones políticas clave de su país y territorios de origen.
En el caso de los españoles que residen temporalmente en el extranjero durante el periodo electoral pueden votar bajo ciertas condiciones. Deben estar registrados como residentes en el Registro de Matrícula Consular y solicitar la documentación electoral en el plazo establecido. Una vez recibida la documentación, pueden enviar su voto por correo postal certificado o depositarlo en las oficinas consulares en los plazos previstos.
La limitación del derecho al voto para los extranjeros residentes en las elecciones en general, y específicamente ante el caso de las inminentes elecciones autonómicas gallegas refleja un equilibrio entre el derecho a participar en la vida política y las consideraciones legales y democráticas. Mientras que los ciudadanos españoles, independientemente de su lugar de residencia, mantienen su derecho a voto en las decisiones políticas nacionales y autonómicas, los extranjeros residentes, aunque contribuyen significativamente a la sociedad, no tienen la misma prerrogativa en estas elecciones específicas. Esto se debe a que el voto en elecciones autonómicas está vinculado a la ciudadanía y no simplemente a la residencia.
En resumidas cuentas, mientras los ciudadanos españoles residentes en el extranjero tienen asegurado su derecho a voto en las elecciones autonómicas de Galicia, los extranjeros residentes no pueden participar en estas elecciones debido a las restricciones impuestas por la normativa electoral.