¿Cuál es la responsabilidad penal de los centros educativos ante el acoso escolar?

El acoso escolar o también conocido como bullying es una problemática muy grave que afecta a estudiantes en todo el mundo y que, como ya hemos visto, puede tener consecuencias devastadoras en su desarrollo emocional, social y académico. El sistema educativo, en España, junto a las familias tiene la obligación de proteger la integridad y seguridad de los menores dentro del ámbito escolar.

Dicha responsabilidad alcanza una magnitud importante en el ámbito legal, ya que los centros educativos pueden enfrentar consecuencias penales si no se toman las medidas adecuadas para prevenir, detectar y abordar este acoso escolar.

¿Qué se entiende como acoso escolar?

El acoso escolar es una conducta de violencia física, verbal o psicológica ejercida de manera sistemática por uno o varios alumnos sobre otro estudiante. Estas agresiones se pueden manifestar de distintas maneras siendo las más frecuentes burlas, insultos, dar de lado o incluso agresiones físicas. Además, se suma por el contexto en el que vivimos, el ciberacoso a través de redes sociales.

Además, la ley en España considera que el acoso escolar atenta directamente contra los derechos fundamentales de los menores, como el derecho a la dignidad, la integridad física y psicológica, al igual que contra el derecho a una educación libre de violencia.

Las consecuencias que pueda tener este bullying sobre las víctimas puede ser de una gran magnitud incluyendo problemas de autoestima, que baje su rendimiento académico, trastornos en su salud mental, y en casos más graves, intentos de suicidio.

Obligaciones de los centros educativos

En España, los centros educativos, ya sean públicos o privados, tienen el deber de garantizar un entorno seguro para los alumnos. Esto implica que tienen la obligación de implementar programas de prevención y detección del acoso escolar, proporcionar la formación adecuada y necesaria tanto al profesorado como al personal del centro para que puedan identificar y abordar situaciones de acoso. También fomentar una cultura de respeto, inclusión y convivencia en el entorno educativo. Y por supuesto, crear protocolos de actuación claros en caso de sospechas o denuncias de acoso escolar.

Si son conscientes de una situación de acoso escolar, los centros educativos tienen la responsabilidad legal de intervenir. Si se ignora o no se actúa de manera diligente para poder prevenirlas, puede llevar a que los centros asuman una responsabilidad penal en caso de que el bullying cause daños físicos o psicológicos a las víctimas.

Responsabilidad penal de los centros educativos

La responsabilidad penal de cualquier centro escolar en España se deriva de la Ley Orgánica 1/2015, la cual introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Código penal. Si bien las personas jurídicas, en ese caso los centros educativos, no pueden ser responsables directas de los actos de acoso escolar cometidos por menores, sí que pueden incurrir en responsabilidad penal por omisiones o negligencias graves que faciliten o no prevengan el acoso en las aulas.

De hecho, los centros educativos pueden enfrentarse a consecuencias legales en los siguientes casos:

  • Si no existen planes de acción para prevenir y actuar ante el acoso escolar, o también, si estos son deficientes o inadecuados, el centro puede ser considerado responsable.
  • En el caso de que los responsables de la institución no hayan ejercido una adecuada supervisión del alumnado y se demuestre que la situación de acoso podría haberse prevenido o evitado con una vigilancia correcta.
  • Si el centro tiene conocimiento de que un alumno está siendo acosado y no toma ningún tipo de medidas para frenar dicho acoso, esto podría considerarse omisión de socorro, y siendo éste un delito tipificado en el Código Penal.

Las consecuencias penales para los centros educativos en estos casos dependen mucho del grado de responsabilidad del centro y de la gravedad de los daños sufridos por la víctima. Las sanciones que se pueden dar por casos de negligencia o inacción son:

  • Multas: según la gravedad de la omisión y del tipo de institución educativa se pueden imponer multas de diferentes cuantías.
  • Inhabilitación temporal: el centro puede ser suspendido temporalmente de sus actividades si se considera que éste no cumple con los requisitos de seguridad y protección hacia sus alumnos.
  • Compensación económica: también pueden ser obligados a indemnizar a la familia de la víctima por los daños psicológicos, físicos o económicos sufridos debido al acoso.
  • Sanciones administrativas: las consecuencias penales que pueda tener el centro educativo pueden ser acompañadas por sanciones administrativas impuestas por las autoridades, como la pérdida de subvenciones o de ayudas públicas.

También es importante subrayar que, junto a la institución, el personal docente y administrativo también puede enfrentar responsabilidades individuales. Si los profesores, personal o directores no actúan de manera correcta ante casos de acoso, o incluso se da el caso de que lo encubren, pueden enfrentar cargos por negligencia o por delitos de omisión del deber de socorro, sobre todo si el acoso produce un daño importante en el menor.

Las medidas que deben adoptar los centros educativos

Para reducir la probabilidad de enfrentar consecuencias penales, los centros educativos deben implementar y mantener medidas eficaces contra el acoso escolar.

  • Desarrollo de un plan de convivencia: todo centro educativo debería contar con un plan que establezca las normas de convivencia y los protocolos de actuación ante casos de bullying.
  • Capacitación del personal: como hemos mencionado anteriormente, tanto los docentes como los trabajadores del centro han de recibir formación específica para que puedan ser capaces de identificar y abordar estas situaciones.
  • Fomento de la conciencia del alumnado: los centros deben fomentar en los estudiantes el respeto, empatía y convivencia positiva mediante actividades y programas que los eduquen.
  • Colaboración con las familias y servicios de apoyo: se tiene que mantener una comunicación fluida entre las familias y el centro, así como colaborar con psicólogos, trabajadores sociales y otros profesionales para intervenir en caso de acoso escolar.