La letra pequeña del Programa de ayudas al alquiler de vivienda del Gobierno: requisitos y excepciones

Tras las manifestaciones en contra del precio desorbitado de los alquileres, el Consejo de Ministros aprobó la nueva convocatoria del Bono Alquiler Joven. Dotada con 200 millones de euros, al igual que en las dos ediciones anteriores, supondrá una ayuda de 250 euros al mes durante dos años a partir del próximo 1 de noviembre y hasta el 15 de diciembre.

Pese a la contribución, de la que presume Moncloa, para la emancipación de los más jóvenes en pro de las nuevas medidas que conforman la política de vivienda, supone una serie de requisitos, que deben tenerse en cuenta si se quiere acceder a esta ayuda.

El Gobierno presume de que ya se pueden pedir las ayudas, pero toda la presión se está derivando en las comunidades autónomas. El Ministerio de Vivienda vuelve a llegar tarde en la tramitación de las transferencias, casi en diciembre. Por consiguiente, casi no habrá tiempo para abrir la nueva convocatoria. Y es que pese a tener el dinero aprobado con la Prórroga de los Presupuestos desde el 1 de enero, aún no lo han transferido.

Por si fuese poco, una vez llegasen los recursos (por ejemplo, de 31,8 millones de euros en Madrid), deberán pasar el filtro del Consejo de Gobierno para validar la inversión. Algo que dilata el proceso administrativo de las ayudas.

Para jóvenes, residentes en España y con unos ingresos concretos

Si se analizan los requisitos que exige el Gobierno, consultando fuentes gubernamentales, puede verse que para acceder al Bono Alquiler Joven habrá que:

  • Tener entre 18 y 35 años. De tener el solicitante 36 años o más, solo se tendría en cuenta la edad en el momento de la solicitud, concedida la ayuda por un plazo máximo de dos años.
  • Ser residente en España.
  • No ser propietario o usufructuario de alguna vivienda en España.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos. La unidad de convivencia tendrá que tener ingresos inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Solos se contemplan ingresos superiores en el caso de que fuesen viviendas compartidas por varios jóvenes.
  • Para acceder al Bono Alquiler Joven habrá que tener en cuenta las condiciones específicas de cada comunidad autónoma. Además, es compatible con prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y con el Ingreso Mínimo Vital.
  • La suma total de las ayudas al alquiler y del Bono Alquiler joven no podrán exceder el 100% de la renta de arrendamiento o precio de cesión.
  • Que el preceptor de la ayuda se cambie de provincia o de comunidad autónoma también será otro factor determinante.

¿Y qué pasa con la población general?

Este Programa de ayudas al alquiler de la vivienda se destina a una vivienda habitual, aunque como requisitos se fijará el límite de ingresos en base al límite de la renta al alquiler. Por tanto, será:

-         3 IPREM.

-         4 IPREM. Familia numerosa general y personas con discapacidad.

-         5 IPREM. Familia numerosa especial y personas con determinados grados de discapacidad.

Según fuentes gubernamentales, será una prestación máxima de 600 euros al mes. No obstante, la cuantía subirá hasta los 900 euros al mes en algunos casos y ámbitos (a definir por cada comunidad autónoma).

La cuantía de la ayuda será: con carácter general (hasta el 40% de la renta mensual), para mayores de 65 años (hasta el 50% de la renta mensual) y ayuda hasta el 30% del alquiler (entre 601 y 900 euros, a definir por las comunidades autónomas).

Los solicitantes deberán acreditar que sus rentas de trabajo no superan los 24.318 euros al año, es decir, el triple del Indicador Público de Renta de Efectos (IPREM).

Por su parte, el precio máximo de la vivienda alquilada será de 600 euros al mes, o de hasta 900 euros si así lo estipulase la comunidad autónoma en cuestión. En caso del alquiler de una habitación se fija en un importe de entre 300 y 450 euros.

Hay que matizar que la ayuda cubrirá hasta el 40% de la diferencia, entre el costo del alquiler y la subvención del Bono Alquiler Joven. No obstante, no podrá superar el 75% del precio total del alquiler.

En cualquier caso, el Gobierno facilita los trámites burocráticos a rellenar para optar a la ayuda de 250 euros, flexibilizando las condiciones. De este modo, podrán acogerse a esta prestación quienes tuviesen unos ingresos cuatro veces más que el IPREM, es decir, de 32.425,12 euros anuales.

Existen ayudas de alquiler para víctimas de violencia de género. En este caso, se ofrece de 600 a 900 euros y una ayuda directa de hasta 200 euros mensuales para cubrir gastos básicos.

Las ayudas de alquiler a personas en situación de vulnerabilidad se contemplan siempre y cuando se acreditase haberse convertido en personas vulnerables en los dos años previos a la solicitud. Además, deberán ser arrendatarias de la vivienda habitual. Así pues, podrán acceder a ayudas directas de hasta 900 euros mensuales.

El objetivo del Ejecutivo es que cada comunidad autónoma se haga cargo del 40% de la renta del alquiler en base a criterios como: ingresos de la unidad de convivencia, la tensión del mercado de alquiler según la zona en la que se resida, si la persona posee alguna discapacidad o el número de personas que conviven en la misma unidad familiar.

La meta fundamental debe ser aumentar la oferta de vivienda social en alquiler y generar seguridad jurídica a los propietarios. De ese modo se podrían cubrir los más de 3,8 millones de viviendas vacías que existen en España.

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