Los tickets restaurante que algunos empleados reciben por parte de la empresa para la que trabajan no son parte de su salario, aunque lo cobren en su nómina y no en especie. Como consecuencia, las personas que se encuentran en situación de baja por incapacidad temporal no tienen que cobrar este dinero durante este periodo, según establece una sentencia del Tribunal Supremo recogida por elDiario.es.
Los hechos sobre los que la Confederación General del Trabajo (CGT) presentó un recurso se remontan a mayo de 2017, fecha desde la que una empresa tecnológica ligada a la multinacional Accenture acordó que sus trabajadores recibiesen en dinero la cantidad que antes entregaban en tickets restaurantes. Esto suponía 125 euros como complemento mensual en la nómina de algunos de sus trabajadores.
No obstante, la empresa especificó que esa cantidad no se sometería a revisiones salariales ni se tendría en cuenta para pagas extra, variables, bonus o complementos, según especifica el mismo diario.
Ante esta decisión, CGT presentó un recurso que la Audiencia Nacional rechazó y que el Tribunal Supremo, recordando sentencias similares, ha ratificado ya que consideran que "el importe de los tickets restaurante no tiene naturaleza salarial sino indemnizatoria". Por tanto, la empresa no deberá pagar esta cantidad en casos de trabajadores que se encuentren en situación de baja por incapacidad temporal.