La llegada del mes de septiembre hace temblar a miles de familias en España ante la temida 'vuelta al cole' y todos los gastos asociados a ella. Tras las vacaciones de verano es frecuente que nuestros ahorros se vean mermados y, este año, confluyen circunstancias extra que lastran nuestra economía, como ocurre con el alza del precio de la luz o los ERTE por coronavirus. Esta situación lleva a muchas personas a hacer uso de las llamadas tarjetas revolving para sufragar el coste del material escolar básico. Si es tu caso, toma nota de estos consejos.
Año tras año, la vuelta al cole supone hacer frente a la compra de todo tipo de material: mochilas, estuches, cuadernos, libros de texto... Esto implica un desembolso importante de dinero que muchas veces toca repartir en el tiempo para evitar una salida de dinero elevada en un momento puntual. De ahí que miles de familias acudan a distintos tipos de financiación.
Los expertos aconsejan optar siempre por productos sin intereses que permitan costear la vuelta al cole en pocos meses. De esta forma, dividiremos el gasto sin asumir un coste extra por ello. Son muchos los comercios que ofrecen campañas de financiación que benefician a ambas partes. Por eso es importante hacer una comparativa previa y llevar a cabo una cierta planificación.
En este sentido, tal y como explican los abogados de Kernel Legal, las tarjetas revolving funcionan ofreciendo líneas de crédito al consumidor y permitiéndoles aplazar el pago de sus compras, normalmente de forma muy prolongada o incluso indefinida.
No es obligatorio usar estas tarjetas en modalidad revolving: generalmente también se ofrecen opciones de pago en pocos meses o a final de mes, muchas veces sin intereses. Sin embargo, la posibilidad de pagar cuotas muy reducidas (por ejemplo, de 30 euros) es tentadora y las empresas comercializadoras suelen promocionar esta forma de pago por ser más ventajosa para ellas. El resultado, si se opta por la modalidad revolving y se elige aplazar mucho la deuda, puede ser un pago de intereses "desorbitado, que puede superar hasta el 30 por ciento TAE del valor de la compra", tal y como asegura Eduardo Tornero, socio director del bufete de abogados.
La parte positiva es que, durante los últimos años, los jueces se han pronunciado en muchas ocasiones en contra de este tipo de producto. Por eso, en caso de reclamar, las posibilidades de éxito son "muy elevadas", asegura Tornero, si bien lo mejor es prevenir y calcular previamente cuánto va a costarnos este crédito y en qué fecha terminaremos de pagarlo, simulando cuantos escenarios sean necesarios antes de lanzarnos a pagar. En general, cuanto antes terminemos de pagar, mucho mejor.
Además, Tornero recuerda que, desde el pasado 2 de enero, se encuentra en vigor una norma que refuerza la información relacionada con el uso de estas tarjetas para evitar nuevos abusos. Se trata de una Orden Ministerial que regula ciertos aspectos relacionados con los créditos revolving, vinculados a las tarjetas de crédito comercializados por las entidades financieras y también por grandes superficies de comercio. Sin embargo, la norma no elimina la posibilidad de aplazar las deudas indefinidamente o de pagar cuotas muy pequeñas.
En cuanto a cómo funcionan las tarjetas revolving y por qué generan tasas de interés tan elevadas, este tipo de modalidad de pago utiliza un interés compuesto, que se va sumando al capital inicial y sobre el que se van generando nuevos intereses. De este modo, el interés se aplica cada mes sobre el capital pendiente: cuanto más tardemos en devolver el préstamo, más intereses pagaremos al final. Por eso es tan peligroso optar por cuotas pequeñas de, por ejemplo, 50 euros, ya que estaremos 'estirando' la devolución del dinero, y puede ocurrir que, en caso de impago o de cuotas periódicas muy bajas, se generen "intereses sobre los intereses".
Hay que tener en cuenta que las empresas que comercializan tarjetas revolving deben exigir al consumidor, de cara a su concesión, "cuanta documentación sea adecuada para evaluar la variabilidad de los ingresos del cliente”. Ello incluye consultar el historial crediticio del cliente, para lo cual se podrá acudir a la Central de Información de Riesgos del Banco de España.
También deberá valorarse la capacidad del cliente y de los garantes de cumplir con sus obligaciones de pago derivadas del crédito o préstamo, para lo que se tendrán en cuenta, además de sus ingresos, sus activos en propiedad, sus ahorros, sus obligaciones derivadas de otras deudas o compromisos, sus gastos fijos y la existencia de otras posibles garantías.
Además, la norma en vigor desde principios de este año exige una solvencia a los clientes del 25 por ciento anual, lo que significa que el cliente deberá poder pagar la totalidad del capital reembolsado en un máximo de cuatro años con un interés del 25 por ciento. Con estas cifras, si nos conceden un límite de crédito de 1.000 euros, el banco deberá asegurarse de que tenemos la solvencia suficiente para reembolsar 250 euros al año (más intereses).
Con todo, y más allá de estas exigencias legales, el propio consumidor debe ser responsable y medir su capacidad de pago. En el caso de las tarjetas revolving, conviene calcular cuánto nos costará en total cada compra y cuándo terminaremos de pagar por ella. Para ello puedes utilizar la calculadora que pone a disposición del consumidor el propio Banco de España.