Muchas ciudades permanecen incomunicadas por la nieve y el hielo caído el fin de semana como consecuencia del temporal Filomena. En Madrid, el alcalde, el popular José Luis Martínez Almeida, ya ha dicho que la vuelta a la normalidad no será posible hasta el viernes. En estas circunstancias, con carreteras cortadas y sin transporte público, muchos no pueden ir al trabajo ¿Qué ocurre en estos casos?
La respuesta es sí y viene recogida en el Estatuto de los Trabajadores, concretamente en el artículo 47, que dice que el contrato de trabajo puede suspenderse "puntualmente" por causas graves o justificables. No ir a trabajar por el peligro que supone coger el coche por la nieve y sobre todo el hielo o porque el transporte público no funciona vendría justificado por este artículo.
Los expertos señalan, en Invertia, que la ausencia al puesto del trabajo por motivos de climatología adversa "no puede ser sancionado", ya que se trata de una causa de fuerza mayor.
Los trabajadores no perderán el salario de los días no trabajados a causa del temporal Filomena, sino que deberán recuperar las horas. Algo así sucedió durante los días más complicados del estado de alarma, cuando el Gobierno decretó la suspensión de toda actividad no esencial con la obligación para las partes de recuperar los días antes de final de 2020.
La empresa no puede optar por contabilizar como vacaciones los días que los trabajadores no puedan acudir a sus puestos por la nieve y el hielo.
Lo ideal, según los expertos, es optar por el teletrabajo siempre que sea posible. Si no lo es ambas partes pueden acordar una bolsa de horas para recuperar el trabajo.
Las empresas, por su parte, pueden exigir a los trabajadores que justifiquen la imposibilidad de ir al trabajo.