Durante años, el sector de las empleadas domésticas se ha enfrentado a una importante e injustificada infravaloración. Poco a poco, se han conseguido derechos laborales básicos que permitan equiparar sus condiciones a las de otros sectores económicos. Destaca la ratificación del convenio 189 de la OIT, que otorga prestaciones por desempleo o pensiones.
Se calcula que el gremio de las empleadas del hogar, compuesto principalmente por mujeres, lo conforman 580.500 personas (501.800 mujeres y 78.800 hombres), según datos de la EPA. Por tanto, España es el país europeo con más trabajadores y trabajadoras del hogar.
Tomando como referencia el citado Convenio 189 de la OIT, en vigor en España desde febrero de 2024, se pretende avanzar en derechos laborales y coberturas de las empleadas del hogar. Destaca fundamentalmente la subida salarial.
Establecido el incremento del SMI en un 5%, las empleadas del hogar pasaron a percibir un salario de, al menos, 8,87 euros por hora efectivamente trabajada. Pese al respaldo en coberturas sociales y las mejoras económicas existen limitaciones a la hora de la jubilación.
El derecho a cobrar la pensión de jubilación, por parte de las empleadas domésticas, es un asunto aún por resolver. Existe una evidencia y es que el Sistema Especial de Empleados de Hogar brinda cobertura a las personas del ámbito doméstico. No obstante, hay tres motivos que impiden la jubilación al llegar la edad ordinaria.
Entre las empleadas del hogar, la edad legal de jubilación ordinaria es a los 65 años (con un mínimo de 37 años y 9 meses cotizados en 2023). En caso de haber cotizado menos, habrá que esperar hasta los 66 años y 4 meses. También se les brinda la posibilidad de jubilación anticipada de 24 meses, es decir, desde los 63 años (habiendo cotizado 37 años y 9 meses) o a los 64 años y 4 meses.
En una jubilación anticipada involuntaria o forzosa, se puede adelantar la edad de jubilación en 48 meses, es decir, a partir de los 61 años. Siempre y cuando se hubiesen cotizado 37 años y 9 meses o más, o bien, a los 62 años y 4 meses.
En cualquier caso, las empleadas del hogar pueden recibir cualquiera de las dos pensiones, la anticipada o la parcial, siempre y cuando computasen cotizaciones en el Régimen General y hubiesen cotizado un mínimo de 15 años (dos antes de la solicitud de pensión).
En primer motivo por el que se les podría limitar este derecho es por no cumplir con los requisitos de cotización mínima y de edad de acceso impuestos por la Seguridad Social. Se fija en 15 años, según el Real Decreto Legislativo 8/2015 .
También podría limitarse el derecho de las empleadas domésticas a cobrar la jubilación si no se demuestra que se cumple con la edad de acceso a la jubilación ordinaria.
El resto de motivos se asocian a la pensión no contributiva de jubilación. Por tanto, los solicitantes deberán tener unas rentas anuales inferiores a los 7.250 euros y si las sobrepasasen y no avisasen al organismo competente, se les podría retirar la solicitud. No obstante, todo podría quedar subsanado con un pago extraordinario en el que se justificase su procedencia.
El tercer motivo se vincula a incumplir el requisito de residencia, completamente obligatorio. Y es que se exige residir en territorio español y haberlo hecho, al menos, durante diez años entre los 16 años y la fecha de devengo de la pensión. De todos estos, al menos dos, deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la pensión por jubilación.
Para conocer cuánto cobra una empleada de hogar al jubilarse, habrá que analizar su base de cotización y los años de aportación a la Seguridad Social. En 2024, la pensión mínima para empleadas de hogar, al igual que para otros jubilados del régimen general, parte de los 692,50€ mensuales.
Todos los contratos de empeladas del hogar suman en la jubilación y se considerarán al calcular la pensión de jubilación. Los últimos avances y novedades en las normativas de jubilación para empleadas del hogar representan un claro avance en pro de la equidad y del reconocimiento de sus derechos laborales, pudiendo así planificar adecuadamente sus retiradas y alcanzar un futuro financiero más estable.
Aquellas empleadas del hogar que no hubiesen cotizado, cobrarán el importe básico de la jubilación no contributiva, que de media es de 7.250,60 euros anuales (repartidos en 14 pagas). Todo ello después de haber conseguido grandes avances durante los últimos años, como en 2022, que alcanzaron un incremento del 15% en las pensiones de jubilación no contributivas.
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