¿Qué impuestos no tienen que pagar los jubilados?
En España hay pensionistas que están exentos de ciertos impuestos, y también gozan de deducciones
Exenciones de IRPF o de impuestos sobra la venta de vivienda son solo algunos de los ejemplos
¿Qué pensiones pueden cobrar aquellos que no han cotizado el tiempo suficiente?
En el panorama actual que vivimos, con unos impuestos cada vez más elevados para distintos sectores de la población, los jubilados disfrutan de lógicos privilegios tras pasar toda una vida aportando al sistema retributivo. Sin embargo no hay una cantidad de impuestos fija, sino que varía según diferentes factores, como el tipo de pensión que se esté recibiendo, los ingresos anuales y la normativa fiscal vigente. En España, por tanto, hay pensionistas que están exentos de ciertos impuestos, y también existen deducciones y bonificaciones que pueden aplicarse a sus situaciones específicas.
Exenciones de impuestos para jubilados en España
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IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
El IRPF es el principal impuesto que grava los ingresos de las personas en España, incluidas las pensiones. Sin embargo, no todos los jubilados están obligados a pagar este impuesto. En 2024, estarán exentos de pagar IRPF aquellos pensionistas cuyos ingresos anuales sean inferiores a 12.900 euros. Este umbral varía ligeramente cada año en función de la legislación vigente y del ajuste a la inflación.
Además, a esto hay que añadir que algunas pensiones contributivas específicas están completamente exentas de pagar el IRPF, como las pensiones de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez. También están exentas las pensiones derivadas de actos de terrorismo, así como algunas pensiones de orfandad y las pensiones en favor de familiares menores de 22 años .
Exenciones en la venta de la vivienda habitual
Los jubilados mayores de 65 años están exentos de tributar por la plusvalía (ganancia patrimonial) obtenida en la venta de su vivienda habitual. Esto significa que no tienen que pagar impuestos sobre las ganancias derivadas de dicha venta, siempre que se trate de su residencia principal. Esta exención solo se aplica para jubilados, hasta el punto de que en el caso de que la vivienda esté a nombre de dos personas y uno de ellos aún no haya cumplido los 65 años, la exención solo se aplicará a la parte correspondiente del propietario que cumple con este requisito.
Además, si los mayores de 65 años destinan el importe de la venta de un inmueble a la constitución de una renta vitalicia, estarán exentos de tributar por las ganancias patrimoniales hasta un límite de 240.000 euros.
Reducción en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Son varios los municipios en los que los jubilados pueden beneficiarse de reducciones o bonificaciones en el IBI, que es el impuesto que grava la propiedad de inmuebles. Estas bonificaciones pueden alcanzar hasta un 75% del total en algunos casos, aunque esto depende de dónde resida el jubilado y de las políticas fiscales locales.
Exención en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
En ciertas Comunidades Autónomas, los jubilados pueden estar exentos de pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, especialmente si las herencias o donaciones provienen de familiares directos, como cónyuges, hijos o padres. Este impuesto es gestionado a nivel autonómico, por lo que las normativas y bonificaciones varían considerablemente de una región a otra. Las comunidades que más liberan de la tributación a los familiares más cercanos son País Vasco, Cantabria, Canarias, Madrid y Extremadura, y en otras comunidades se aplican bonificaciones de entre el 20% y el 99%, como es el caso de Cataluña, Comunidad Valenciana y Castilla y León.
IVA y otras deducciones
Aunque el IVA afecta a todos los ciudadanos, existen ciertas exenciones o tipos reducidos aplicables a jubilados en bienes y servicios esenciales como productos sanitarios, medicamentos y algunos servicios relacionados con la vivienda. Estos bienes y servicios suelen estar sujetos a un tipo reducido del IVA o incluso estar exentos en algunos casos, lo que representa un alivio fiscal indirecto para los pensionistas.
Los jubilados en España cuentan con varias exenciones y beneficios fiscales que les permiten aliviar la carga de impuestos en su etapa de retiro. Desde la exención del IRPF para aquellos con menores ingresos, hasta la posibilidad de no tributar por la venta de su vivienda habitual o de disfrutar de reducciones en el IBI, estas medidas están diseñadas para adaptarse a las necesidades de los pensionistas y garantizar su estabilidad financiera.