Existen varios tipos de despido y la mayoría de ellos dan derecho a una indemnización. Conviene saber esto antes de tener que enfrentarnos a este tipo de situaciones, un momento que no es nada sencillo para nadie, pero al que conviene llegar bien informado, para evitar que por los nervios del momento se hagan las cosas mal o de manera que no salgamos todo lo beneficiados que deberíamos.
El único caso que da lugar a un despido sin indemnización debe justificarse por parte de la empresa y es el despido disciplinario, donde se presupone que el trabajador ha cometido una falta grave de manera voluntaria, como ausencias no justificadas, lenguaje ofensivo o comportamientos agresivos, comportamientos discriminatorios, acoso sexual…
En caso contrario, el empleado tiene derecho a una indemnización, que no es lo mismo que el finiquito, que se recibe siempre. El finiquito es un dinero que se percibe por ciertos conceptos generados y todavía no cobrados, como los días de vacaciones que no se han disfrutado o el salario correspondiente al último mes trabajado, entre otras cosas. Este debe pagarse siempre, independientemente de la causa por la que se termina el contrato, incluso si es una renuncia voluntaria del trabajador.
Un despido se considera improcedente gracias al proceso judicial correspondiente, que comienza cuando el trabajador impugna el despido ante el tribunal laboral en el plazo de 20 días tras el despido. Se suele intentar llegar a un acuerdo a través de un proceso de conciliación, pero no siempre es posible.
Un despido improcedente puede tener ciertas consecuencias para la empresa, como tener que readmitir al trabajador bajo las mismas condiciones y en el mismo puesto de trabajo que tenía antes del despido. También puede ser obligada a pagar una indemnización, que será proporcional al tiempo trabajado.
Para calcular la indemnización que corresponde es necesario saber el tiempo que el trabajador lleva relacionado con la empresa. Es decir, la indemnización por despido improcedente se calcula teniendo en cuenta el momento en el que se firmó el contrato entre ambos. En concreto, será el equivalente a 33 días de salario por año trabajado, hasta un máximo de 24 mensualidades. Para saber el salario diario, habrá que dividir el salario anual entre 365 días.
Conviene señalar que hay una excepción y se produce en los casos en los que el contrato se haya firmado antes del 12 de febrero de 2012 y solo se aplica al tiempo que se haya trabajado antes de esa feche. En estos casos, se hará el cálculo para 45 días por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades, pero solo para el tiempo anterior a esta fecha. Todo el tiempo posterior se calculará del modo que hemos apuntado antes.
En caso de despido improcedente, la indemnización es mayor que en caso de despido procedente. En el segundo caso, la empresa solo está obligada a pagar 20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades.
La página web del Consejo General del Poder Judicial cuenta con una útil aplicación para calcular de manera sencilla tu indemnización por despido. Puedes consultarla aquí.
Ante cualquier duda, consultar con un abogado puede ayudarte a evitar que la indemnización que te ofrezcan sea menor de lo que mereces, además de que será el encargado de negociar con la empresa, defendiendo tus intereses.