¿Cuánto puedo cobrar si estoy de baja por coronavirus?
Las altas cifras de contagio por covid19 en España elevan el número de bajas laborales y con ellas, las dudas sobre la prestación
Durante la bajase podrá cobrar un 75% del sueldo, y el empresario no está obligado a compensar el otro 25%
Si se estaba disfrutando de las vacaciones en el momento de solicitar la baja, ese periodo comenzará a considerarse baja laboral
Con las altas tasas de contagio después de las vacaciones debido a la llegada de ómicron y de la sexta ola del coronavirus, que dejará cifras todavía peores en las próximas semanas, las bajas laborales se han disparado y, con ellas, las dudas sobre la prestación.
España sigue batiendo récords de casos positivos desde que comenzaron las Navidades. Desde entonces se han tomado distintas medidas: el Gobierno ha reducido la cuarentena de los positivos asintomáticos de diez a siete días y algunas comunidades como Cataluña o Madrid han facilitado la tramitación de la baja, pudiéndose solicitar online o por teléfono.
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Los trabajadores que den positivo en covid19 tienen derecho a coger la baja por incapacidad temporal por enfermedad común. Las bajas laborales las gestiona la Seguridad Social y sigue la misma normativa que una baja temporal por cualquier otra enfermedad.
¿Cuánto se cobra durante la baja por covid?
En caso de estar contagiado por coronavirus, los trabajadores tienen derecho a obtener el 75% de su salario durante el periodo de baja. Esta prestación cuenta desde el primer día de baja, y no desde el cuarto, ya que está estipulada como si fuera un accidente laboral a efectos del cobro de la prestación.
En este caso el empresario no está obligado a complementar el salario hasta completar el 100%, aunque la mayoría de los convenios lo establecen así, por lo que solo sería obligatorio este pago de aparecer en el convenio. Esto es así porque esta prestación supone un híbrido entre la baja por enfermedad y por accidente laboral.
Sin embargo, únicamente podrán solicitar la prestación por accidente laboral los sanitarios o sociosanitarios que trabajen en algún centro y que se hayan contagiado como parte de su actividad laboral.
¿Qué ocurre con las vacaciones y las pagas extras?
Si el trabajador se encontraba disfrutando de sus vacaciones en el momento de la tramitación de la baja, este periodo no se contaría como días de vacaciones, sino que pasaría a considerarse baja laboral.
Por lo tanto, podrá disfrutar de los días de vacaciones desde que finalice la baja por covid19 y hasta 18 meses después a partir del final del año en el que se ha originado.
En relación a las pagas extras, dependerá de la base reguladora. Esta aparece debajo de la nómina e incluye la parte proporcional de las pagas extras, a pesar de que no estén prorrateadas. Durante la baja se cobrarán del mismo modo las pagas extras prorrateadas, por lo que el día que se cobre la paga extra, esta no será íntegra.
¿Puedo ir a trabajar si estoy de baja por covid?
Si se solicita la baja, no se puede acudir al puesto de trabajo, y tampoco es posible teletrabajar, a pesar de que se sea asintomático. Ya que esto supondría un fraude para la Seguridad Social, pues durante los periodos de baja se suspende el contrato de trabajo.
Una vez que el paciente recibe el alta médica, podrá incorporarse de nuevo a su puesto de trabajo.