Documentos, requisitos, fecha de cobro... ¿Cómo tramitar el paro por primera vez?
Tramitar el paro por primera vez es posible por vía telemática, aunque si tienes dudas puede ser conveniente acudir presencialmente
Darte de alta como demandante de empleo es un requisito imprescindible para cobrar la prestación
Entre la documentación necesaria se encuentra tu DNI, el formulario oficial o un certificado de la última empresa en la que has trabajado
Si es la primera vez que tienes que apuntarte al paro para recibir tu prestación por desempleo, es posible que te preguntes cuáles son los pasos que tienes que dar, qué documentación es necesaria, cuándo podrás comenzar a recibir tus ingresos... La buena noticia es que tramitar el paro por primera vez es cada vez más sencillo y casi todos los trámites necesarios se pueden realizar de forma telemática. Estos son los pasos para tramitar el paro por primera vez.
Cómo tramitar el paro por primera vez
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Si te has visto obligado a apuntarte al paro debes saber que este trámite, que supone darte de alta como demandante de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es imprescindible para poder cobrar tu prestación por desempleo, así como para acceder a ofertas de trabajo y formaciones gestionadas por el propio SEPE. De hecho, si te han despedido, cuentas con un plazo de 15 días hábiles para darte de alta en el paro.
Para hacerlo siempre puedes acudir a las oficinas de este organismo, consultado cuál es la que te corresponde en función de tu lugar de residencia. Bastará con solicitar cita previa e informarte sobre la documentación que debes aportar: DNI, cartilla de la Seguridad Social, Vida Laboral, certificados académicos... La vía presencial puede ser la más conveniente si tienes dudas o si tienes que presentar mucha documentación pero, como punto de partida, ten en cuenta que de lo que se trata es de construir tu perfil como demandante de empleo y de obtener tu tarjeta de paro.
Además, puedes realizar este trámite a través de la Sede Electrónica, siempre que dispongas de DNI electrónico, certificado digital o seas usuario de cl@ve. De esta forma, podrás ver reconocida tu prestación contributiva en el momento.
En caso de que no dispongas de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve, existe un formulario de prestaciones por desempleo que solo debe enviarse si ha finalizado tu contrato o te han despedido. Tampoco se debe enviar si ya has solicitado cita previa o has presentado tu solicitud en el SEPE por otro canal.
Por último, esta es la documentación concreta que se te solicitará para darte de alta como demandante de empleo y empezar a cobrar tu prestación:
- solicitud, que incluye el compromiso de actividad.
- Identificación de la persona solicitante y de los hijos o hijas que convivan o estén a su cargo y que figuren en la solicitud: bastará con enseñar su DNI o pasaporte, o equivalentes en caso de extranjeros.
- número de cuenta de la que seas titular, que será la cuenta en la que percibirás la prestación.
- Libro de Familia o certificación del Registro Civil de nacimiento o de familia. En el caso de las personas extranjeras, documento equivalente.
- Certificado o certificados de empresa en las que hayas trabajado en los últimos 6 meses (si no se han enviado por las empresas al Servicio Público de Empleo Estatal).
En cuanto a cuándo cobrarás el paro, se tendrá en cuenta tu situación de desempleo desde el día en que se produjo (sin contar con periodos de baja por cualquier motivo, o de vacaciones no disfrutadas). Además, el SEPE deberá resolver tu solicitud en un plazo de 15 días tras presentarla, y enviártela en un plazo de 10 días desde que se haya dictado dicha resolución. Por tanto, en un máximo de 25 días deberás tener tu respuesta.
Una vez concedido el paro, lo habitual será recibir la prestación alrededor del día 10 del mes siguiente, aunque muchos bancos adelantan el cobro a principios de mes. En cualquier caso, siempre podrás consultar el estado de tu expediente y plantear tus dudas al SEPE.