Los gastos de combustible, compra y mantenimiento del vehículo se desgravan en la declaración de la Renta 2021-2022.
Los autónomos pueden desgravarse por el IVA del combustible y por la compra de un coche si lo usan en el trabajo
No será necesario para los trabajadores tener el coche a su nombre para poder desgravarse
Una de las mayores novedades es la ayuda recibida para la compra de vehículos eléctricos como ganancia patrimonial
¿Me puedo desgravar los gastos del coche en la declaración de la Renta 2021-2022? Si eres autónomo te podrás desgravar por la compra de un coche y por el IVA del combustible, en este caso aunque no tengas el vehículo a tu nombre. La gran novedad de la declaración de la Renta es que las personas que utilizan un vehículo para desarrollar su actividad profesional se podrán deducir del IRPF el IVA de la gasolina y del mantenimiento.
La medida de poder tributar el IVA del combustible va a afectar a miles de personas, que se verán beneficiadas por la medida, y más teniendo en cuenta que la gasolina tiene un 21%. Para poder beneficiarse, el vehículo tendrá que estar relacionado con la actividad económica que desarrolla el trabajador. Los autónomos que tengan la factura del alquiler del coche a su nombre, también podrán desgravarse un 50%, como es en el caso delos titulares.
La valoración del vehículo determinará la reducción del pago en especie al trabajador, por lo que cuanto más energético sea el coche, menos tributará por su rendimiento. La emisión de CO2 y el precio serán claves en la reducción del pago del trabajador.
Cuándo desgravar el 100% en compra de un coche, mantenimiento y combustible
Transporte industrial o de mercancías.
Prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
Prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
Realización de pruebas, ensayos, demostraciones o promoción de ventas por parte de los fabricantes.
Desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales. Realización de servicios de vigilancia.
Los profesionales que trabajen con el coche se podrán beneficiar de las desgravaciones del 100% del combustible, como es el caso de transportistas, taxistas, agentes comerciales, autoescuelas o servicios de seguridad. Por su parte, las personas que trabajan por cuenta propia podrán desgravarse el 50% de las cuotas de amortización e intereses que han pagado durante el año y también el 50% del IVA.