Un accidente de trabajo o accidente laboral es el que sufre un trabajador como consecuencia o con ocasión del trabajo que realiza por cuenta ajena para alguna empresa. Esto significa, entre otras cosas, que el empleado recibirá la atención sanitaria que precise a cargo de la Mutua de Accidentes de Trabajo que tenga contratada la empresa, y que existirá en algunos casos la posibilidad de pedir una indemnización de daños y perjuicios por el accidente. Sin embargo, no siempre está claro qué es accidente laboral y qué no lo es, sobre todo cuando el accidente se produce de camino al trabajo, cuando se trata de una dolencia mental... ¿Qué casos curiosos de accidente laboral existen? ¿Qué es y qué no es accidente laboral?
Tal y como recuerda Legálitas, en principio se presume que constituyen accidente de trabajo todas las lesiones que sufra el empleado durante el tiempo y en el lugar del trabajo, excepto las lesiones debidas a imprudencia del trabajador o fuerza mayor extraña al trabajo.
Partiendo de esta definición, se considera accidente de trabajo, entre otros supuestos, los siguientes:
Lo cierto es que la casuística que se genera es enorme y en muchas ocasiones aparecen casos curiosos sobre los que los tribunales tienen que decidir para determinar si efectivamente existe accidente laboral o si, por el contrario, el propio empleado es el responsable del accidente.
Por ejemplo, hace muy poco vio la luz una sentencia de Tribunal Supremo (con fecha de 13 de octubre de 2020) en la que se determina que las lesiones producidas por un resbalón en el parking de la empresa durante el tiempo de descanso se consideran accidente de trabajo. Según el Supremo, estos hechos evidencian la existencia de un enlace directo y necesario entre la situación en la que se encontraba el trabajador cuando se produjo la caída y el tiempo y el lugar de trabajo.
En este caso, la trabajadora sufrió el resbalón al salir de la empresa para tomar un café dentro del tiempo de descanso legalmente previsto como de trabajo, de 15 minutos por tratarse de jornada superior a seis horas. Para el Supremo, el trabajo es la condición sin la cual no se hubiera producido el accidente.
Existen otros muchos casos que llaman la atención. Por ejemplo, desde Legálitas destacan el caso de una persona que sufrió un infarto esperando el autobús de vuelta a su casa, una caída en las escaleras del edificio donde vivía el trabajador y que había ocurrido cuando se dirigía a su puesto de trabajo, un accidente de tráfico de un trabajador que volvía de la ciudad donde residía su familia al municipio donde se encontraba la empresa, o un accidente sufrido por un trabajador que volvía a casa de trabajar en su patinete.
Incluso se ha llegado a considerar accidente de trabajo (in itinerare) el robo con violencia sufrir por una empleada de un estanco que, tras cerrar el negocio al finalizar la jornada, se dirigía hacia su domicilio particular, y que le provocó una incapacidad temporal debido a un trastorno adaptativo.
En el caso de problemas psicológicos, tal y como recuerda UGT, pueden ser reconocidos como accidente de trabajo si se demuestra su origen laboral. “Hay que tener en cuenta que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales incluye como daños derivados del trabajo a las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo, y entiende dentro del concepto condición de trabajo todas aquellas características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador. Esto incluye a los factores psicosociales".