Qué considera la nueva Ley de Vivienda que son las casas vacías o deshabitadas

  • No existe en la legislación española una definición clara de lo que es una casa vacía

  • Una sentencia del Tribunal Constitucional avala el que sea la que está más de dos años deshabitada

  • Las segundas residencias no tienen esta consideración de vivienda vacía

El anuncio de acuerdo entre PSOE y Unidas Podemos para sacar adelante una Ley de Vivienda en la que se penalizan las casas vacías ha alertado a muchos propietarios que desconocen qué sígnifica este concepto. La nueva norma aún en negociación prevé un recargo del 150 % para estas casas aunque no aclara este concepto, dejándolo además a la consieración de las comunidades autónomas y ayuntamientos.

Los datos sobre viviendas vacías en España son antiguos y datan de 2011 con el último censo de poblaciones y viviendas disponible elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Según este organismo, a esa fecha había en nuestro país 3,5 millones de viviendas vacías, 500.000 unidades más que en el censo anterior de 2001.

Expertos consultados por El Independiente aseguran que a días de hoy no existe una definición clara de lo que es una vivienda vacía, aunque según el INE se trataría de "aquella vivienda familiar que no es la residencia habitual de ninguna persona ni es utilizada de forma estacional, periódica o esporádica por nadie".

Viviendas vacías durante más de dos años

La importancia de disponer de una defición clara del concepto de vivienda vacía o vivienda deshabitada es crucial para poder aplicar el anunciado recargo del 150 % sobre el IBI.

El citado medio digital recuerda que, no obstante, hay sentencias que intentan aclarar este concepto. Así el Tribunal Constitucional dio luz verde a la Ley de Vivienda del Gobierno Vasco en la que se definía a las viviendas vacías como aquellas que habían estado deshabitadas durante más de dos años con algunas excepciones.

Entre las causas justificadas para no considerar una vivienda vacía o deshabitadas está el que sea una segunda residencia, como informa El Diario. Tampoco se ven afectadas por esta consideración las casas vacías por cambios de trabajo, problemas de salud, atención a persona dependiente o cuando no la habitamos porque estamos intentando venderla o alquilarla, entre otras.