Una duda que se plantean muchos trabajadores en situación de pluriactividad es si es posible cobrar las ayudas por ERTE, teniendo en cuenta que, en estos casos, la persona consta de alta en la Seguridad Social bajo dos regímenes distintos: trabajador por cuenta ajena y profesional autónomo. ¿Qué dice la Seguridad Social al respecto? ¿Cuáles son las incompatibilidades entre prestaciones de este tipo? También es importante saber cómo devolver lo cobrado de más en el ERTE.
Lo primero es comprender qué supone la situación de pluriactividad, que es aquella en la que una persona trabaja para una empresa manteniendo con ésta una relación laboral y, a la vez, realiza trabajos en calidad de profesional autónomo para cualquier persona física o jurídica.
A nivel más técnico, la Seguridad Social define la pluriactividad como “la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social”. No es lo mismo que el pluriempleo, donde una misma persona trabaja para distintas empresas, pero siempre en calidad de trabajador por cuenta ajena.
Así, las personas en situación de pluriactividad cotizan a la Seguridad Social por dos vías distintas (y ésta está obligada a compensar el exceso), por lo que cabría pensar que es posible cobrar las ayudas por ERTE (pensada para trabajadores por cuenta ajena) y las ayudas para autónomos al mismo tiempo. La Seguridad Social, desafortunadamente, no admite esta posibilidad, aunque sí podrás cobrar la prestación para autónomos aunque sigas trabajando por cuenta ajena.
Así, la normativa recoge que, en caso de pluriactividad, es posible solicitar la prestación extraordinaria por cese de actividad si se suspende tu actividad como autónomo o tu facturación se reduce un 75 por ciento como consecuencia del estado de alarma, independientemente de si la empresa donde trabajas por cuenta ajena (como empleado o empleada) te incluye en un ERTE, te despide o continúas trabajando al cien por cien.
Sin embargo, en caso de que te despidan o te hagan un ERTE, para cobrar la prestación por desempleo, deberás darte de baja del RETA. Por tanto, la prestación por cese de actividad y la prestación de paro no son compatibles.
Además, para poder cobrar la prestación para autónomos es imprescindible no cobrar ninguna otra prestación, ya que esta prestación es incompatible con el cobro de cualquier otra, por lo que el autónomo en pluriactividad puede cobrarla siempre que cumpla los requisitos y no perciba ninguna otra prestación.
Por último, debes saber que, si eres autónomo y tienes trabajadores a tu cargo, puedes acogerte a un ERTE siempre y cuando concurran las causas de fuerza mayor o productivas. Si no tienes a tu cargo trabajadores, no podrás solicitar un ERTE, pero sí pedir la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos sin tenerte que dar de baja.