Los afectados por los cobros del Ingreso Mínimo Vital podrían beneficiarse de una sentencia del TS
El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda que va dirigida a las personas en pobreza severa, 8,5 millones en nuestro país
Miles de afectados por cobros indebidos del IMV podrían beneficiarse de una sentencia, que se basa en la jurisprudencia del TS
Según la abogada que ha ganado el caso, si se prueba la vulnerabilidad y el error de la Administración, la deuda no se puede reclamar
Miles de afectados por los cobros indebidos, generados por un error de la Administración al conceder el Ingreso Mínimo Vital, podrían beneficiarse de una sentencia que se basa en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Según ha explicado la abogada que ha ganado el caso en última instancia ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, “si se prueba la vulnerabilidad y el error de la Administración, la deuda no se puede reclamar”. Es el mismo argumento que esgrime el Defensor del Pueblo, para pedir que se condone esta deuda.
En paralelo la organización ATD Cuarto Mundo ha presentado una demanda contra el Estado ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, porque aseguran que el IMV vulnera (al menos en dos artículos), la Carta Social Europea, un tratado Internacional que ratificó España. Y piden, como medida cautelar, mientras estudian la reclamación, que se suspenda el cobro de estas "deudas", que además no prescriben y heredan los hijos.
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Denunciado ante el Comité Europeo de Derechos Sociales
El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda que va dirigida a las personas en pobreza severa, 8,5 millones en nuestro país. Es una ayuda de subsistencia, que se creó con la pandemia. Pero ha llegado a poco más de la mitad de las familias objetivo. Esto es porque, según explican trabajadores sociales y organizaciones como ATD Cuarto Mundo, su gestión es y ha sido muy mala.
En algunos casos concedieron el IMV de oficio, en otros, con requisitos muy difíciles de cumplir, para las personas pobres, y, además, insisten, no responde a la realidad que vive este colectivo.
Por ejemplo, piden la renta percibida en años pasados, que no refleja la situación presente, ni la situación de necesidad actual. O se exige una residencia habitual y que no haya cambios de la unidad familiar, cuando son personas que viven en una situación habitacional muy inestable.
Una mala gestión que ha llevado a conceder la prestación a personas que supuestamente no cumplían los requisitos, lo que les ha generado una deuda, que desde la Seguridad Social denominan “cobros indebidos”.
Una deuda que se exige y se cobra, incluso quitando hasta el 70% de la ayuda que están recibiendo. Hablamos de personas muy vulnerables, que no tienen el dinero que les reclaman porque lo han gastado en supervivencia.
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