Las auditorías salariales consisten en analizar en profundidad el sistema de remuneración de las empresas con el objetivo de identificar y corregir posibles brechas salariales existentes entre los empleados, especialmente entre hombres y mujeres. De este modo, se trata de garantizar que no exista discriminación salarial por género en la organización, asegurando que todas las personas de la misma reciban un pago justo e igualitario por un mismo trabajo.
Así pues, se trata de un tipo de auditoría que puede resultar clave en el buen desarrollo de una empresa y en su relación con los trabajadores y trabajadoras. Pero ¿es siempre obligatoria? ¿En qué empresas debe llevarse a cabo?
La respuesta a esta pregunta es negativa. No siempre es obligatoria una auditoría salarial, sino que desde el 8 de marzo de 2022 (precisamente el “Día de la Mujer”), todas las empresas con 50 o más empleados deben realizarla según ordena el Real Decreto 902/2020, que establece medidas para promover la igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Eso sí, también pueden realizar una auditoría salarial de forma voluntaria aquellas empresas que no estén obligadas a ello.
En cuanto a los aspectos que deben analizarse en una auditoría salarial completa, hay que remarcar los siguientes:
Este tipo de auditorías tienen como fin lograr una mayor igualdad y, por lo tanto, eliminar la brecha de género. No obstante, podemos apuntar los siguientes beneficios asociados tanto a la auditoría como a la creación de un Plan de Igualdad tanto para las empresas de más de 50 empleados y aquellas que no llegan a ese número en la plantilla:
Si bien las empresas con más de 50 empleados deben realizar auditorías salariales, todas aquellas que tengan trabajadores por cuenta ajena deberán realizar un registro retributivo. La principal diferencia es que este último es obligatorio para todos los negocios con empleados, tiene una estructura distinta –menos detallada– y no debe enviarse a un registro oficial.
En cuanto a la información que debe tener el registro contributivo, hay que mencionar los siguientes datos:
Finalmente, hay que tener presente que el registro retributivo debe actualizarse al menos una vez al año. Es más, debe estar disponible para su consulta por parte de los representantes legales de los trabajadores, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los sindicatos.