Pamplona acoge estos días miles de visitantes de todas partes de España y de muchos otros rincones del mundo. Los Sanfermines, que cada año se celebran del 6 al 14 de junio, atraen a una gran multitud de turistas y, algunos de ellos, más allá de mezclarse en las calles entre los miles de aficionados, quieren disfrutar del espectáculo con buenas vistas.
Por ello, son muchos los que alquilan sus balcones estos días tanto a lo largo del recorrido de los encierros como en la plaza del Ayuntamiento. Los precios pueden llegar a ascender hasta los 500 euros, según la situación del edificio, la planta y el momento.
Este dinero que proporciona este negocio en estas fechas debe constar en la declaración de la Renta cuando se presenta al año siguiente, tal y como ya recordó hace algunos años en una carta a los vecinos de la calle Estafeta la Hacienda Tributaria Navarra.
Pero, ¿cómo se deben declarar estos ingresos? Los beneficios del alquiler de los balcones en las fiestas de San Fermín, tributan igual que una vivienda, una plaza de garaje o una habitación, por lo que se deben incluir como rendimiento de capital inmobiliario.
Incluir el IVA o no dependerá de cómo se gestione el alquiler. Si es a agencias o empresas, hay que hacer constar el IVA en la factura; mientras que entre particulares (que habitualmente utilizan plataformas online) no es necesario, están exentos.
Estos trámites son obligatorios, ya que de no hacerlo así, si Hacienda revisa la declaración de IRPF podría sancionar a aquellos que no hayan declarado estos ingresos. La sanción es de entre un 50 y un 150% de lo que has dejado de declarar más los intereses de demora.
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