Gobierno y sindicatos pactan la reforma del subsidio de desempleo: se podrá compatibilizar un empleo con el cobro del subsidio
La reforma incluirá la posibilidad de compatibilizar un empleo con el cobro tanto del subsidio como de la prestación contributiva
El acuerdo de Gobierno y sindicatos no ha contado con el apoyo de la patronal
Trabajo pacta con los sindicatos subir el subsidio de paro de 480 a 570 euros
El Ministerio de Trabajo y los sindicatos han logrado cerrar un acuerdo para reformar el sistema de protección asistencial por desempleo, al que no se ha sumado la patronal, y que incluirá la posibilidad de compatibilizar un empleo con el cobro tanto del subsidio como de la prestación contributiva, como informa Blanca Agost en el vídeo.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, y los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo, y de UGT, Pepe Álvarez, firmarán este mismo miércoles el acuerdo que incluye esta reforma, comprometida con Bruselas y necesaria para el siguiente desembolso de los fondos europeos.
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Entre otras cosas, el acuerdo mantiene la sobrecotización para la jubilación de los perceptores mayores de 52 años, el motivo que hizo decaer en un primer intento esta reforma en el Congreso por el voto en contra de Podemos.
Los cambios entrarían en vigor en noviembre de 2024
Actualmente, cerca de 765.884 personas reciben este subsidio, cuya cuantía representa el 80 % del indicador de rentas múltiples (IPREM) -fijado en 2023 en los 600 euros-, es decir, unos 480 euros mensuales y que se cobra cuando se agota la prestación contributiva.
La intención es que la norma vaya al Consejo de Ministros el próximo 20 de mayo para iniciar después la tramitación en las Cortes.
Con carácter general, los cambios en estas prestaciones entrarían en vigor en noviembre de 2024.
Al detalle, la nueva propuesta eleva el porcentaje del IPREM para calcular el subsidio, ascendiendo en los primeros seis meses al 95 % del IPREM (unos 570 euros mensuales, 90 euros más), bajando al 90 % en los seis meses siguientes para situarse el resto del periodo, hasta completar un máximo de 30 meses, en el 80 % como en la actualidad.
Junto a esto se mantiene la cotización por jubilación de los perceptores mayores de 52 años en el 125 % de la base mínima vigente en cada momento aunque este subsidio queda en el 80 % del IPREM.
Además, la propuesta permite el acceso al subsidio a los menores de 45 años sin responsabilidades familiares, a los trabajadores eventuales agrarios, a las personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla, y a quienes acrediten periodos cotizados inferiores a 6 meses y carezcan de responsabilidades familiares.
Como novedad se extiende el subsidio a las víctimas de violencia de género y a los emigrantes retornados y se equiparan las cuantías de los subsidios causados por personas con contrato a tiempo parcial con los de tiempo completo, lo que beneficia principalmente a las mujeres.
La reforma mantiene que se podrá percibir el subsidio mientras se trabaja por cuenta ajena, ya sea a tiempo completo o parcial, por un periodo máximo de 180 días sin reducción de la cuantía.
Además se amplía esta compatibilidad del trabajo a la prestación contributiva a partir de 2025, una vez transcurrido el primer año del cobro de la prestación, siempre que el salario percibido no supere los 18.900 euros brutos anuales, el equivalente al 225 % del IPREM actual en 14 pagas.
En ambos casos, este complemento será decreciente en el tiempo y disminuirá en función de la jornada de trabajo que se realice.
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