El Ministerio de Vivienda ha habilitado el Sistema Estatal de Referencia del Precios de Alquiler de Vivienda, un sistema que establece los precios máximos y mínimos de una vivienda a partir de las características de la misma (superficie, estado de conservación, si tiene ascensor o no, etc.).
El índice tiene como objetivo que las viviendas "con menos valor" (más pequeñas, más antiguas, sin aparcamiento, etc.) no puedan aumentar su precio al ser equiparadas con viviendas de mayor calidad en la misma zona. Esta herramienta es homogénea a toda España, de base tributaria y se actualizará cada año. Para llevarla a cabo se ha utilizado la última declaración de la renta de los propietarios de las viviendas, que en el caso de este año es la de 2022.
La competencia en materia de vivienda es de las administraciones regionales, por lo que este sistema "sólo" se podrá aplicar si una comunidad autónoma solicita declarar una de sus zonas como área tensionada. Debido a ello, no se ha declarado ninguna zona como tensionada aunque el índice está ya disponible en la web del Ministerio de Vivienda.
El plan es dar un plazo de diez días hábiles para examinar las propuestas de cada autonomía. Una vez el Ministerio haya estudiado todos los requisitos necesarios y si todo es "correcto", las distintas zonas propuestas se declararán como zonas tensionadas. Se podrá aplicar el limite del alquiler en ellas a partir del plazo legal establecido --uno o dos días--.
Actualmente, solo Cataluña ha pedido declarar como zona tensionada a 140 municipios de la comunidad autónoma. Por su parte, País Vasco y Navarra no tendrán aún disponible este sistema: al tener regímenes fiscales distintos, el Ministerio no ha podido acceder a las rentas de los propietarios, la base para calcularlo.
El Ministerio publicará cada trimestre una resolución con la relación de las zonas de mercado residencial tensionado.
El sistema recoge viviendas situadas en edificios residenciales de más de cinco años de antigüedad y cuya superficie construida no sea inferior a 30 metros cuadrados ni superior a 150 metros cuadrados.
Una vez un área es declarada como tensionada, se congelará la renta de las viviendas ya alquiladas una vez aplicada la cláusula de actualización anual, que en 2024 está limitado al 3%.
Si la vivienda no ha estado arrendada en los últimos cinco años o pertenece a un gran tenedor --que tenga más de diez vivienda o cinco en la misma área tensionada, según lo establecido por cada comunidad autónoma, ya sea persona física o jurídica-- el alquiler se limitará al rango superior del índice.
Para acceder al Índice de Precios de Referencia, uno puede utilizar el buscador en la web del Ministerio de Vivienda. En él hay que introducir ciertos datos: la dirección o referencia catastral de la vivienda, las características de la misma y del contrato de arrendamiento.
El Catastro Inmobiliario proporciona algunas de estas características, como la superficie o la antigüedad del edificio. Una vez introducidos todos los datos, el buscador proporciona automáticamente un rango de valores de la vivienda expresado en euros mensuales de alquiler --informe que se puede descargar en formato pdf--.
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