Huelga de Iberia en Navidad: a qué tienen derecho los pasajeros que ya tienen billete y a qué aerolíneas afecta
Todos los pasajeros tendrán derecho, independientemente del motivo de la huelga, a un vuelo alternativo
Los afectados por la huelga de handling de Iberia podrán pedir vuelo alternativo
Huelga en Iberia en Navidad: handling, qué es y cómo hace funcionar a un aeropuerto
Los sindicatos UGT y CCOO han convocado ocho jornadas de huelga en Iberia, en plenas navidades, en protesta porque la compañía, dicen, no acepta la prestación del 'autohandling' (servicio en tierra prestado por la propia compañía) en aquellos aeropuertos en los que perdió el concurso convocado por Aena. Los paros se producirían los días 29,30 y 31 de diciembre y 1, 4, 5, 6 y 7 de enero, coincidiendo con las fechas críticas de fin de año y Reyes.
¿Derecho a indemnización?
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Los pasajeros que se vean afectados por la huelga convocada para el personal de 'handling' de Iberia durante la Navidad no tendrán derecho a solicitar una reclamación económica a la aerolínea debido a que este servicio es, desde hace años, responsabilidad de Aena, según ha explicado AirHelp. Así, se considera que esta huelga se produce por motivos ajenos a la aerolínea, lo que la exime de la responsabilidad de compensar económicamente a quienes se vean afectados por retrasos o cancelaciones.
Una versión contraria a la que sostiene la OCU y la propia Aena que señalan que los viajeros afectados podrán pedirle a la aerolínea (Iberia o las que subcontraten el servicio de handling con ella y se vean afectadas) el reembolso del precio del billete (que deberá realizarse en un plazo máximo de siete días), así como una compensación adicional según la distancia y el ofrecimiento o no de un vuelo alternativo. Para los vuelos de hasta 1.500 kilómetros, esa compensación es de 250 euros (125 euros si el viaje alternativo no se demora más de 2 horas); entre 1.500 y 3.500 kilómetro (o vuelo dentro de la UE de más de 1.500 kilómetros: 400 euros (200 euros si la demora no supera las 3 horas); y vuelo de 3.500 kilómetros o más que salga fuera de la UE, 600 euros (300 euros con una demora de no más de 4 horas).
El pasajero tiene derecho, además, a una indemnización por los perjuicios causados que se puedan demostrar. Por ejemplo, la pérdida de otro vuelo ya contratado que estuviera vinculado al primero.
OCU recuerda a los usuarios que pueden comprobar la situación del vuelo en la página web de la compañía o de AENA, antes de desplazarse al aeropuerto correspondiente. Además, cualquier compensación o indemnización hay que solicitarla por escrito, directamente a la aerolínea, a través de su página web o en el mostrador del aeropuerto, dejando constancia de las circunstancias y la fecha, o bien a través de la agencia de viajes o la plataforma a través de la que se pagó el servicio.
Sin embargo, todos los pasajeros tendrán derecho, independientemente del motivo de la huelga, a un vuelo alternativo. Si el pasajero rechaza esta opción puede pedir la devolución del importe completo del billete.
Derecho a ser compensados por gastos extra de alojamientos, comida equipaje extraviado
Además, si durante la espera se han generado gastos extra provocados por la interrupción del vuelo, tales como comida, alojamientos o los derivados por equipaje extraviado, la normativa europea obliga a la compañía a hacerse cargo de estos.
¿A qué aeropuertos y aerolíneas afecta la huelga?
La huelga afecta a los 29 aeropuertos nacionales donde Iberia Airport Services presta actualmente servicio, entre ellos, los de mayor tráfico como Madrid-Barajas, Barcelona-El Prat, Palma de Mallorca, Málaga, Alicante, Gran Canaria, Tenerife Norte y Sur, Ibiza, Sevilla, Valencia y Bilbao, entre otros.
En cuanto a las aerolíneas, según destaca el diario El País, aunque la huelga es convocada por la filial de Iberia no solo afecta a los vuelos de esta compañía y a los del grupo IAG al que pertenece (Iberia, British Airways, Level, Vueling, Air Lingus y Air Nostrum), sino a otras muchas aerolíneas a las que presta servicios a terceros en los aeropuertos citados. Entre ellas la mayor parte de las compañías internacionales. Quedan excluidas las compañías que se prestan su propio servicio (autohandling), entre las que se encuentran algunas tan importantes como Ryanair, easyJet o Air Europa.
¿Por que hay huelga?
El servicio de 'handling' aglutina las operaciones de asistencia en tierra y están incluidas acciones como la facturación de equipaje o las operaciones de embarque y desembarque y algunos servicios de mantenimiento y asistencia de la aeronave en pista. Aunque este servicio ha estado mucho tiempo controlado por las propias aerolíneas, ahora es el personal de aeropuerto quien se encarga de realizarlo. Por ello, cualquier retraso o cancelación que se pueda producir en un vuelo programado a consecuencia de estas huelgas se considerará un motivo ajeno a la aerolínea.
Los sindicatos protestan contra la aerolínea, que ha perdido la licencia de este servicio en ocho aeropuertos, por no decidirse sobre aplicar el servicio de autohandling y mantener así a sus trabajadores.
Por su parte, Iberia ha recurrido la resolución del concurso de 'handling' de Aena ante la Audiencia Nacional, solicitando la anulación de la adjudicación del contrato y permanece a la espera de respuesta.
La compañía ha descartado la opción del autohandling y la subrogación parcial de personal por no ser una alternativa viable pero asegura que todos los trabajadores de este sector están protegidos por su convenio colectivo, que contempla la subrogación de personal con mantenimiento de sus condiciones laborales.
Asetra estudia denunciar a Sordo (CCOO) y Álvarez (UGT) por daños que cause la huelga
La Asociación Española de Usuarios, Empresarios y Profesionales del Transporte Aéreo (Asetra) estudiará denunciar a los secretarios generales de UGT, Pepe Álvarez, y CCOO, Unai Sordo, como máximos responsables civiles por los daños que cause la huelga convocada para el personal de handling de Iberia durante la Navidad.
Asetra ha emitido un comunicado en el que señala que, en primer lugar, acudirá a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Aesa) para que "sancione y repercuta a los sindicatos convocantes" con los importes que los pasajeros reclamen a las compañías aéreas "por las cancelaciones o retrasos que puedan producirse con motivo de la misma y que deban asumir las compañías aéreas", según destaca en un comunicado.
Asimismo, "llegado el caso", valorará interponer una demanda civil por daños por vía judicial por las responsabilidad civil subsidiaria de los sindicatos convocantes, representados por sus secretarios generales.
Asetra argumenta que los sindicatos están utilizando "como rehenes" a los pasajeros para sus reclamaciones laborales, que siendo "legítimas" no pueden "perjudicar los derechos de los que en estas fechas tan señaladas necesitan viajar".
Por ello, pide a los sindicatos que desconvoquen la huelga. Además, recuerda que ya pidió hace unos meses al Ministerio de Trabajo que regulara por norma la imposibilidad de convocar huelgas en fechas señaladas.
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