Tarifa plana para autónomos en el acuerdo entre PSOE y Sumar: claves y requisitos
Las caídas de ingresos de los trabajadores autónomos deberán situarse por debajo del SMI para beneficiarse de la medida
Reducción de la jornada laboral, vetos a los vuelos cortos o ayudas para el dentista: las medidas del acuerdo PSOE-Sumar
Informativos Telecinco estrena canal de WhatsApp: sigue toda la actualidad desde tu teléfono móvil
El acuerdo PSOE-Sumar para reeditar el gobierno de colaición progresista no solo incluye mejoras sociales en empleo, sanidad, edicación o vivienda. También ha incluido un apartado dedicado a los trabajadores autónomos que tengan bajos ingresos.
El documento ha sido presentado este martes en un acto celebrado en el Centro de Arte Reina Socía en el que se ha firmado el acuerdo. Los dos partidos se comprometen a extender la posibilidad de aplicar la cuota reducida (tarifa plana) a la Seguridad Social en los periodos posteriores al inicio de la actividad en los que se produzcan caídas de sus ingresos por debajo del SMI, cuando declaren por estimación directa, todo ello sin pérdida de derechos de protección social.
MÁS
Las mejoras para los autónomos incluye el mantenimiento de sus derechos de protección social
Según el texto del documento, "Extenderemos la posibilidad de aplicarse la cuota reducida (tarifa plana) en la cotización a la Seguridad Social en los periodos posteriores al inicio de su actividad en los que se produzcan una caída en sus ingresos, cuando declaren por estimación directa, por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, sin pérdida de derechos de protección social."
Asimismo, se comprometen a actualizar la representatividad del colectivo de autónomos "mediante un sistema basado en principios democráticos" y a impulsar una ley de participación institucional que regule la presencia de los agentes sociales en los diversos órganos de las administraciones públicas.ontrol efectivo del tiempo de trabajo, llevando las tecnologías digitales al ámbito de la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores", subrayan.
En la actualidad, los autónomos cotizan por sus ingresos reales con una cuota reducida por inicio de actividad, sustituta de la anterior tarifa plana, con un monto de 80 euros mensuales.
La cuota reducida por inicio de actividad tiene una periodo de vigencia de 12 meses a todos aquellos que inicien su actividad por cuenta propia. Pasado ese periodo, se podrá extender otros doce meses más si el autónomo presenta ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), mientras que los que superen ese umbral empezarán a cotizar de acuerdo al tramo de cotización que le corresponda.