¿Estar de baja y ayudar a uno de los jefes a hacer una mudanza es motivo de despido? El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la decisión dictada en primera instancia de declarar improcedente el despido de un camionero que fue apartado de la empresa por ayudar a un jefe de planta en una mudanza estando de baja. El hombre demandó a la empresa y la justicia le ha dado la razón.
Las razones de los magistrados son claras: el hombre no hizo esfuerzos pues solo llevaba unas bolsas, fue un hecho aislado y había terminado la rehabilitación, según ha adelantado la web especializada ConfiLegal.
Así pues, la empresa CCTC Servicios Ambientales S.L -dedicada a la gestión de residuos y contenedores- tendrá que readmitir al trabajador en las mismas condiciones que estaba antes o, en su defecto, abonarle una indemnización de 8.557 euros con la correspondiente extinción del contrato laboral. Otra sentencia ya declaró improcedente el despido de un trabajador por hacer gestiones personales en el trabajo ya que el trabajador excedía en ese caso su horario.
El empleado empezó en la empresa en mayo de 2019 como caminero. Se torció la rodilla derecha mientras descendía del vehículo de trabajo, por lo que necesitó tratamiento farmacológico y 17 sesiones de rehabilitación. Tras la última rehabilitación, que tuvo lugar el 4 de enero de 2022, le comunicaron que a partir del día 12 ya estaría de alta debido a su mejoría clínica.
Pero el 6 de enero su jefe de planta le llamó para pedirle ayuda. Se iba a mudar y necesitaba que alguien le echara una mano para sacar sus enseres del domicilio, el cual se encontraba dentro de las instalaciones de la empresa. El empleado despedido le hizo caso y acudió al lugar conduciendo una furgoneta.
Este gesto provocó que días después, en concreto el 13 de enero, la empresa le abriese un expediente disciplinario. Y es que al estar de baja y haber asistido a la mudanza, la empresa consideró que su conducta era constitutiva de sendas faltas muy graves de transgresión de la buena fe, abuso en el desempeño del trabajo y simulación de enfermedad o accidente..
El camionero demandó a la empresa al no estar conforme con el despido y el Juzgado de lo Social Nº3 de Madrid le dio la razón. El magistrado consideró que en la conducta del trabajador no concurrían las notas de gravedad y culpabilidad exigibles teniendo en cuenta diversos factores.