La pensión por incapacidad permanente "es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral", se explica en la página web de la Seguridad Social, donde también se especifica que hay cuatro tipos: parcial, cuando ocasiona al trabajador una disminución del rendimiento en su profesión habitual no inferior al 33%; total, que inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta; absoluta, cuando inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio; y gran invalidez, cuando el trabajador necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
La partida de pensiones recogida en los Presupuestos Generales del Estado para 2023 se incrementará más de un 11% con respecto a 2022 por la llegada de nuevos pensionistas y la revalorización de las prestaciones con la inflación anual media, por lo que el Gobierno aventuró que esto se traducirá en un 8,5% de subida de las mismas.
"Este Gobierno cumplirá la ley y revalorizará las pensiones con el IPC", afirmó María Jesús Montero, que garantizó la subida esperada de las pensiones para 2023. Por ejemplo, las prestaciones de jubilación se quedarían en 1.309 euros mensuales por los 1.206 de este año; la de viudedad ascendería de 752 a 816 euros o la de orfandad de 425 a 462.
La cantidad de dinero a percibir por los beneficiarios dependerá de la incapacidad que se les conceda. En este sentido, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconoce hasta cuatro grados distintos. Cabe recordar que las pensiones de incapacidad permanente tratan de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando ve anulada o reducida su capacidad laboral debido a enfermedad o accidente. La Seguridad Social divide este tipo de prestación en cuatro grados diferentes, por lo que así quedan las nuevas cuantías en cada uno de ellos.
Absoluta o Total entre 60 Y 64 años
Este grado ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión. Estas serían las nuevas cuantías al aplicar una subida del 8,5%:
El grado total inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta. Por otro lado, la absoluta es la que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. Estas prestaciones quedarían de la siguiente manera:
Por último, este grado se produce cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida. Así quedan las nuevas cuantías:
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no dispone de un listado oficial, ya que cada caso se estudia de manera individual, pero padecer algunas enfermedades puede suponer su concesión. En cualquier caso, la decisión es tomada por un Tribunal Médico de la Seguridad Social.