¿Tienes deudas con Hacienda? Estas son las que perdonarán a los contribuyentes
Las deudas con la Hacienda Pública inferiores a tres euros a 1 de junio de 2022 quedarán anuladas y dadas de baja
El objetivo es evitar actuaciones recaudatorias que presupongan un "nulo provecho" para la Agencia Tributaria
La medida, publicada este pasado martes en el BOE, será de aplicación el próximo 30 de noviembre
Las deudas con la Hacienda Pública inferiores a tres euros a 1 de junio de 2022 quedarán anuladas y dadas de baja de la contabilidad, según una resolución conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Tributaria, publicada este pasado martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Lo que no cambia es que los bancos seguirán estando obligados a informar a Hacienda de ciertos ingresos y operaciones.
En la citada resolución, que será de aplicación a los quince días siguientes a su publicación en el BOE, es decir, el próximo 30 de noviembre, se acuerda la anulación y se dan de baja en contabilidad todas aquellas liquidaciones en las que resulte una deuda pendiente de recaudar por un importe inferior a tres euros. Por otra parte, con la Lotería de Navidad a la vuelta de la esquina, es importante saber qué parte de cada premio se va a las arcas de la Agencia Tributaria.
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La cantidad, "insuficiente" para el coste de recaudación
La Agencia Tributaria ha decidido no continuar la gestión recaudatoria de dichas deudas a los contribuyentes por motivos "estrictamente económicos", dado que su cuantía resulta "insuficiente" para la cobertura del coste que representa su recaudación.
Según la Intervención del Estado y la Agencia Tributaria, la finalidad no es otra que evitar actuaciones recaudatorias que presupongan un "nulo provecho" para la Hacienda Pública o para el cumplimiento de los fines encomendados a la Administración Pública.
"Este es el caso de las liquidaciones cuya exacción genera unos costes superiores a los recursos que potencialmente pudieran derivarse de aquellas", subrayan.
Por todo ello, se anulan y dan de baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones correspondientes a recursos de derecho público de la Hacienda Pública Estatal recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por importe inferior a tres euros.