Las personas incluidas en el colectivo LGBTI podrían informar y acreditar su condición sexual al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) si desean ser beneficiarias con carácter prioritario de los programas de políticas activas de empleo que se pondrían en marcha con la nueva Ley de Empleo, que se está tramitando en el Congreso de los Diputados. El Consejo de Ministros aprobó la nueva normativa el pasado mes de junio con la intención de "transformar las políticas laborales a través de la formación, orientación y el acompañamiento de las personas desempleadas" y considerar prioritarios a varios colectivos.
Algunas empresas no lo tienen en cuenta, pero muchas otras "no valoran positivamente" que una persona forme parte del colectivo LGTBI. Por ello, el ministerio de Trabajo liderado por Yolanda Díaz quiere darles prioridad en las oficinas de empleo. Así lo recogen medios como 'El Español'. No obstante, los ciudadanos deben tener claro que son ellos los que deben informar sobre su condición sexual por su propia voluntad e iniciativa. Con la legislación actual, apunta el mismo medio, los empleados del SEPE no pueden realizar preguntas sobre esta cuestión.
Muchos se preguntan cómo se podría acreditar la condición sexual de una persona. Y es que se trata de la identidad, no de un dato. Fuentes cercanas al Gobierno apuntan en este sentido que la ley que se tramita es "muy genérica" y que la manera de probarlo podría correr a cargo de las "comunidades autónomas" o incluso "de cada caso en concreto".
La nueva Ley de Empleo "aún no está terminada", por lo que aún está sujeta a modificaciones. Los expertos que estudian la homofobia destacan que se trata de una gran noticia, especialmente para las personas trans. Y es que el 80% todavía no habría entrado en el mercado laboral. Asimismo, plantean que se atienda de forma correcta los problemas que puedan tener los usuarios a la hora de probar que forman parte del colectivo.
Según el proyecto en el que trabaja el Congreso, los colectivos prioritarios en la nueva normativa son: jóvenes con baja cualificación, personas en desempleo de larga duración, personas con discapacidad, personas con capacidad intelectual límite, personas mayores de 45 años, migrantes y quienes sean beneficiarias de protección internacional, solicitantes de protección internacional, mujeres víctimas de violencia de género, personas en riesgo de exclusión social, personas de raza gitana, drogodependientes o aquellos cuya tutela sea o haya sido de la Administración Pública.