Ingreso Mínimo Vital: ¿tiene paga extra por Navidad?
La Seguridad Social aclara en cuántas pagas se divide el Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Los beneficiarios del IMV lo perciben el primer día laborable de cada mes
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Se acerca diciembre, fecha en la que muchas personas, incluidos pensionistas y funcionarios, cobran una paga extra. ¿Ocurre lo mismo con los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV)? Estos perciben el ingreso, normalmente, el primer día laborable de cada mes y la Seguridad Social aclara esta duda que, llegados a este momento del año, pueden tener los titulares de esta prestación.
“La renta garantizada para un hogar unipersonal es el equivalente al 100% del importe anual de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social vigente en cada momento, dividido por 12”, especifica el real decreto ley 20/2020, la normativa que regula el IMV. Por tanto, aquellos que estén cobrando el Ingreso Mínimo Vital percibirán en el mes de diciembre la misma cantidad que los otros meses, al estar dividida la cuantía en 12 meses y no 14.
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Novedades para 2023 del IMV
Lo que sí variará en menos de dos meses, a partir de 2023, es la cuantía que se percibe, que subirá como las pensiones en función del IPC. Además, a partir de esta fecha, la ayuda será mayor si se contabiliza esta prestación con un empleo o si mejoran los ingresos laborales, un incentivo anunciado por el Gobierno que el año próximo podría beneficiar a alrededor de 100 000 hogares de los 500 000 que cobran el IMV actualmente.
Con ello, calculan que cada euro invertido por la Administración en este incentivo tendrá un retorno en recaudación de entre 1 y 3,5 euros. Se pretende así impulsar el tránsito desde una situación de exclusión a una participación plena en la sociedad, de manera que un aumento de las rentas del trabajo no implique una disminución de la cuantía del IMV como ocurre en la actualidad, porque desincentiva que se acepte un empleo.
El mecanismo se ha graduado de forma que el incentivo sea más alto para quienes salgan de una situación de desempleo, para los hogares con menores, para los monoparentales y para las familias que conviven con personas con discapacidad, ya que se ha constatado que en estos casos son necesarias cuantías mayores para estimular que se trabaje.
Una prestación para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social
La Seguridad Social recuerda además que “el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas”.
Añade que “se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias”
Por último, señalan que “opera como una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una participación en la sociedad. Contendrá para ello en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones”.