El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha calificado como “engañosa” una cláusula de desistimiento que un abogado impuso a su cliente con relación a las costas judiciales cuando llegó a un acuerdo con su banco para no ir a juicio.
“Firmé un contrato cediendo las costas del juicio en favor del despacho siendo consciente, pero lo que no sabía eran las cantidades que estaba cediendo, no sabía que era tanto dinero”, asegura el afectado.
El usuario contaba con una tarjeta revolving y cuando se percató de que no podía afrontar el pago del crédito decidió buscarse un abogado. En Facebook encontró un despacho de abogados que aseguraban que el proceso podría “salirle gratis”.
El usuario ganó la sentencia, lo que significa que la entidad reajustó la deuda, reduciendo los intereses y gastos cobrados de más. Sin embargo, los abogados que tramitaron la sentencia no solo se llevaron los honorarios (600 euros) y 300 euros de procurador, también se hicieron con las costas judiciales, que ascendían a 2.508,54 euros.
“Las costas judiciales, en este caso, las paga el banco (que es quien pierde el juicio) y deberían ser siempre del demandante, a no ser que este pacte otra cosa con su abogado en el contrato” asegura Antonio Gallardo, experto financiero de Banqmi. “El problema, en este y muchos otros casos, es la falta de transparencia con el cliente, que suele desconocer a cuánto asciende el importe de dichas costas judiciales”, subraya Gallardo.
En la sentencia el TJUE explica que, pese a que el contrato del despacho incluía una penalización económica si el cliente llegaba a un acuerdo con el banco sin necesidad de sus servicios, el usuario no fue informado correctamente en lo que consistía dicha cláusula. Es por ello que vulnera la Directiva europea sobre las prácticas desleales con los consumidores.
Mirando con detenimiento el contrato firmado con el despacho de abogados al que se haya acudido. “Lo primero hay que mirar qué costes lleva asociados el contrato, si hay una parte fija y otra variable. En este caso, la parte fija serían los honorarios y el procurador y, la variable, las costas judiciales”, asegura el experto financiero de Banqmi.
El problema llega cuando el demandante no lee el contrato y firma directamente; sin ser consciente de que quizás ha cedido el dinero de las costas judiciales a sus abogados.
Otro de los aspectos que el cliente desconocía de este proceso es que, pese al reajuste de la deuda, seguiría debiendo el dinero gastado con la tarjeta a la entidad. De hecho, esta persona debía 3.586 euros al banco, y tenía que abonarlo en 20 días.
“En un principio los abogados me dijeron que negociarían que la devolución de la deuda fuera en cómodos plazos. Pero, cuando salió la sentencia, me pidieron que depositara 160 euros en la cuenta del juzgado, lo hice y a los días me dijeron que se habían equivocado y que no eran 160 euros, sino 3.586,07 euros lo que yo tenía que devolver”, asegura el afectado.
Además, tenía que depositar el dinero en un plazo de 20 días, una fecha complicada de cumplir. “Yo no podía pagar esa cantidad en tan poco tiempo porque no la tenía”, relata el usuario.
Acudió al despacho de abogados con el que había llevado el procedimiento judicial para que le siguieran ayudando, pero cuenta que éste “se desentendió y no quiso llevar este proceso”.
Es por ello que al final habló directamente con el banco para ver cómo podía saldar la deuda. “Yo no quería ganar dinero, la única pretensión que he tenido siempre ha sido poder pagar el dinero que debía a plazos, es lo único que me preocupaba”, detalla el usuario. Concluye diciendo que al final fue el banco el que le ayudo, no el despacho de abogados.