¿Cuándo se abona el segundo pago de la Declaración de la Renta 2022?
El segundo pago de la Declaración de la Renta 2022 se realiza en el mes de noviembre
Este segundo pago puede realizarse mediante la domiciliación bancaria o con un ingreso
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Cuando la declaración de la renta sale a pagar y el contribuyente tiene que ingresar dinero a Hacienda, la normativa del IRPF le permite la posibilidad de hacerlo en un solo pagado o de fraccionar la cuota en dos. Este mes de noviembre las personas que hayan elegido la opción de fraccionar el pago deberán abonar la segunda cuota de la declaración de este 2022.
La fecha para realizar el segundo pago de la declaración de la renta
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El segundo plazo de la declaración de la renta se paga cuatro meses más tarde de haber presentado la solicitud. Este año concretamente se realiza el día 7 de noviembre de 2022.
Este segundo pago puede realizarse mediante la domiciliación bancaria o con un ingreso y corresponde al 40% de la cantidad total, ya que en el primer pago se tuvo que abonar el 60%.
La elección del pago fraccionado se hace al cumplimentar el documento de la declaración, en el documento de ingreso o en la devolución.
La App de la Agencia Tributaria para aplazamiento, consulta y pago de deudas
La Agencia Tributaria tiene un servicio en su aplicación móvil para la solicitud de aplazamientos, la consulta y el pago de deudas sin limitaciones de horarios.
El usuario puede solicitar aplazamientos totales o parciales, consultar el estado de sus deudas y obtener un certificado de estar al corriente si tenía deudas y realiza los ingresos correspondientes, todo ello de forma casi instantánea.
En el caso de los aplazamientos, también la respuesta de la Agencia Tributaria a la solicitud del contribuyente podrá llegar a ser inmediata. La mayor parte de los casos se podrá resolver el expediente en cuestión de segundos y, si el solicitante se ha suscrito al sistema de avisos de la Agencia, se le remitirá un aviso inmediato con la resolución de la solicitud vía notificación 'push' en la propia aplicación, por correo electrónico a la dirección facilitada, o por sms al número de teléfono móvil que el contribuyente haya proporcionado.