Renovar la demanda de empleo: ¿a qué sanciones del SEPE te enfrentas si no cumples con este requisito obligatorio?
Renovar la demanda de empleo es un requisito básico para cobrar el paro, por lo que no debes olvidar dar este paso siempre que toque
El SEPE deja claro que se suspenderá el abono de las prestaciones mientras no constes inscrito: también puedes perder toda la prestación
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Si te han despedido o, por cualquier otro motivo, te encuentras en situación de desempleo, seguro que te interesa conocer cuáles son los requisitos que debes cumplir durante todo el tiempo que percibas esta prestación para no perder el derecho a cobrarlo. Tal y como recuerda el SEPE, el paro es una prestación contributiva que protege la situación de desempleo de quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo de forma temporal o definitiva o ven reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 y un 70 por ciento. Por tanto, demostrar tu voluntad de trabajar es un requisito que debes cumplir durante todo el periodo de cobro, y la forma de demostrarlo es, entre otras cosas, constar como demandante de empleo. ¿A qué sanciones del SEPE te enfrentas si no renuevas la demanda de empleo?
A qué sanciones del SEPE te enfrentas si no renuevas la demanda de empleo
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Para el acceso a la prestación por desempleo es necesario cumplir una serie de requisitos que ya conoces si actualmente la percibes. Entre otras cosas, al tratarse de una prestación contributiva, es necesaria la cotización previa por desempleo de la persona trabajadora a la Seguridad Social. Pero, además, existen determinadas causas de extinción de la prestación, como, por ejemplo, la imposición de sanciones por infracciones leves, graves y muy graves en los términos previstos en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
En cuanto a las consecuencias concretas de no renovar la demanda de empleo, el SEPE es muy claro al respecto y asegura que no cumplir, salvo causa justificada, el requisito de mantener la inscripción como demandante de empleo, exigido para continuar percibiendo la prestación, tendrá como consecuencia suspender el abono de las prestaciones "durante los periodos en los que las personas beneficiarias no figuren inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo", reanudándolo a partir de la fecha en que acrediten la nueva inscripción", previa comparecencia ante este organismo.
Además, el organismo recuerda que para percibir las prestaciones por desempleo es obligatorio inscribirse como demandante de empleo y renovar la demanda mientras estés cobrando dichas prestaciones. No cumplir, salvo causa justificada, el requisito de mantener la inscripción como demandante de empleo, exigido para continuar percibiendo la prestación, se considerará falta leve y, para ellas, este organismo cuenta con una escala de sanciones:
- 1ª. Infracción. Pérdida de un mes de prestaciones.
- 2ª. Infracción. Pérdida de tres meses de prestaciones.
- 3ª. Infracción. Pérdida de seis meses de prestaciones.
- 4ª. Infracción. Extinción de prestaciones.
Esto significa que, si desatendemos la necesidad de renovar la demanda de empleo durante un periodo prolongado, podremos perder el derecho a cobrar la prestación. En este sentido, las infracciones se contabilizan dentro de un año natural, a contar desde la primera. Por tanto, si ha transcurrido un año desde la primera infracción, una nueva infracción contará como primera.
La buena noticia es que renovar tu demanda de empleo, así como inscribirse por primera vez, es muy sencillo. Debes hacerlo antes de solicitar la prestación por desempleo y renovar esta demanda cada tres meses para seguir percibiendo tu prestación, y puedes hacerlo de dos formas:
- De forma presencial, acudiendo a una oficina del SEPE. Si prefieres hacer las cosas de forma presencial y poder comentar todas tus dudas con una persona física de forma directa, puedes pedir cita previa en tu oficina del SEPE más cercana, bien a través de la Sede Electrónica (sin necesidad de hacer uso de métodos de acceso) o bien llamando por teléfono al 91 926 79 70, disponible las 24 horas del día.
- Online. Es la forma más rápida y sencilla de cumplir con este requisito obligatorio. Entra en la web del servicio de empleo de tu comunidad autónoma (aquí tienes un listado con todas ellas) e identifícate a través de algunos de los medios que pone a tu disposición la Administración electrónica, como el certificado digital o el sistema Cl@ve. A continuación, sigue todos los pasos necesarios. En general, en la Sede Electrónica del SEPE puedes realizar trámites de demanda de empleo determinados por cada comunidad autónoma. Entre ellos pueden constar inscribirse como demandante de empleo, renovar la demanda, actualizar tu situación, solicitar un duplicado de la tarjeta de demanda, informes, certificaciones y otros.
En cuanto a la documentación necesaria, deberás contar con tu documento de identificación (en caso de ser extranjero o extranjera, también el permiso de residencia y/o trabajo), la cartilla de la Seguridad Social (en el supuesto de ser extranjera o extranjero, este documento lo aportarás si has trabajado antes en España) y justificantes de titulación profesional o académica, si estás en posesión de alguna.
Por último, recuerda que el traslado de residencia al extranjero para buscar o realizar un trabajo, o bien para el perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un periodo continuado igual o superior a 12 meses, es causa de extinción del cobro de la prestación. Si viajas al extranjero por razones distintas a las anteriores, la prestación se extinguirá si permaneces fuera de España más de 90 días.