Heredar (siempre que no se trate de deudas) puede marca la diferencia en nuestra economía y ayudarnos a hacer realidad algunos de nuestros proyectos pendientes. Sin embargo, no hay que olvidar que esta transmisión de propiedad a nuestro favor también lleva asociado el pago de ciertos impuestos, como es el caso del Impuesto sobre Sucesiones. ¿Qué ocurre si o disponemos de liquidez para hacer frente a estos pagos antes de heredar? ¿Significa esto que no podremos acceder a la herencia? Afortunadamente, es posible conseguir un adelanto de la herencia para pagar los tributos correspondientes y saldar cuentas con Hacienda. Toma nota de cómo aprovechar el dinero de la herencia para pagar el Impuesto de Sucesiones.
El Impuesto de Sucesiones va asociado directamente a la transmisión de la propiedad de los bienes del fallecido a favor de los herederos, y debes abonarlo necesariamente. Con él se grava el aumento de tu riqueza a raíz de la recepción de esos bienes por del fallecimiento de un familiar o de cualquier persona que te haya dejado algo en herencia.
Si no dispones de recursos suficientes para abonarlo, existen soluciones, aunque pasan por que parte de esa herencia sea en forma de dinero líquido en una cuenta bancaria. No se trata de un truco para esquivar la ley: el propio Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones recoge esta posibilidad en su artículo 80.3 cuando asegura que "la oficina gestora que hubiese practicado las liquidaciones podrá autorizar, a solicitud de los interesados, deducida dentro de los ocho días siguientes al de su notificación, a las Entidades financieras para enajenar valores depositados en las mismas a nombre del causante y, con cargo a su importe, o al saldo a favor de aquél en cuentas de cualquier tipo, librar los correspondientes talones a nombre del Tesoro Público por el exacto importe de las citadas liquidaciones."
Esto significa que podrás utilizar el dinero que vas a heredar para abonar el Impuesto sobre Sucesiones y poder acceder así a la herencia. La cantidad restante que te corresponda en esa cuenta bancaria pasará a ser de tu propiedad, habiendo restado previamente el abono del impuesto.
Además, no olvides que existen alternativas como la solicitud de aplazamiento y fraccionamiento del Impuesto de Sucesiones: puedes aplazar el pago del tributo o fraccionarlo en cinco anualidades, pero debes solicitarlo en plazo y es necesario que no exista inventariado entre los bienes del fallecido "efectivo o bienes de fácil realización suficientes para el abono de las cuotas liquidadas." Por tanto, si no existe cuenta bancaria con saldo a tu favor, esta sería la siguiente opción de la que dispones.
Por último, ten en cuenta que, si usas el dinero heredado para pagar el Impuesto sobre Sucesiones, únicamente podrás tocar esa cantidad, de forma exacta, y nada más: no tendrás acceso al resto del dinero de la cuenta para ningún otro fin. Es frecuente que tu entidad emita un cheque a nombre de la Agencia Tributaria con el único fin del pago del impuesto, y el importe del cheque deberá ser por la cantidad exacta que suponga el abono del tributo.