Pedro Rocha no podrá presentarse a las elecciones a la RFEF al denegarle el juez las medidas cautelares
La defensa de Pedro Rocha alegó una sentencia favorable no serviría de nada si el fallo llegaba después de la convocatoria de las elecciones
El titular del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 2 de la Audiencia Nacional ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por Pedro Rocha, presidente de la RFEF,
El TAD sanciona a Pedro Rocha, presidente de la RFEF, con dos años de inhabilitación
El titular del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 2 de la Audiencia Nacional ha denegado finalmente la medida cautelar solicitada por el expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) Pedro Rocha tras la sanción de inhabilitación de dos años que le impuso el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), informa iusport.
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Rocha deja de ser presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y no podrá presentarse a las elecciones cuyo proceso estaba previsto que se abriera el 10 de septiembre y culminara antes de fin de año, tal como marca la ley.
De esta forma, tan sólo un recurso urgente ante la Audiencia Nacional, en el caso de ser estimado, podría permitir a Pedro Rocha ser candidato en las elecciones a la presidencia de la RFEF previstas para convocarse este septiembre, señala el portal jurídico y recoge Europa Press.
Rocha aún puede recurrir la decisión del juez, pero el recurso se alargaría entre cuatro y seis meses por lo que tendrá complicado retomar el poder del fútbol español para el que primero fue señalado por Luis Rubiales, cuando este puso que la FIFA le sancionaría, y después, para mantenerlo, respaldado por Javier Tebas, presidente de LaLiga.
La defensa de Pedro Rocha alegó una sentencia favorable no serviría de nada si el fallo llegaba después de la convocatoria de las elecciones en las que aspiraba a renovar el cargo al que accedió tras la inhabilitación de Luis Rubiales.
El pasado 16 de julio el TAD aceptó parcialmente la propuesta de la instructora, la abogada del Estado Marina Adela Porta Serrano, y sancionó con una inhabilitación al entonces presidente de la RFEF Pedro Rocha por dos años.
La inhabilitación se debió por el despido del secretario general, Andreu Camps, medida que, según el TAD, no podía adoptar como presidente de la Comisión Gestora de la RFEF sino que correspondía este órgano de forma colegiada.
Los otros dos cargos que se le imputaban a Rocha, la rescisión con el despacho de Tomás González Cueto y la personación en la causa penal por la operación Brodie, se saldaron con sendas multas que sumaban unos 33.000 euros, ya que, según el TAD, fueron ratificadas por la Comisión Gestora de la federación.
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