España, como otros países desarrollados, está obligada a respetar y proteger los derechos de las personas que buscan asilo en su territorio, en virtud de lo dispuesto en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su protocolo de 1967.
Si estás en esa situación y has sido o temes ser perseguido en tu país de origen por tus opiniones o posicionamientos políticos, o por otros motivos como tu raza, sexualidad, religión o nacionalidad, has de saber que puedes solicitar protección en el territorio nacional a través de alguno de los mecanismos estatales.
Es un proceso jurídicamente complejo, por lo que es recomendable acudir a fuentes oficiales para recabar información específica. En ese sentido, tanto ACNUR como la Policía Nacional ofrecen una guía muy detallada que conviene consultar para estar al tanto de los detalles concretos de las solicitudes, la normativa jurídica aplicable y los organismos encargados de establecer la política de protección de solicitantes de asilo y refugiados a nivel estatal. En este caso, el Ministerio del Interior, la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) y la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio.
Lo primero es solicitar cita en la OAR o en la Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Se recomienda hacerlo en cuanto se entre en España, ya que, mientras la solicitud esté pendiente de resolución, la persona solicitante no puede ser devuelta a su país de origen ni a ningún otro país donde corra el riesgo de sufrir persecución o daño.
Muchos solicitantes acuden a abogados especializados en extranjería, algo que es recomendable para no perderse en la burocracia del proceso y recibir asesoramiento específico que les ayude a obtener el veredicto favorable de la OAR.
Durante la cita, el solicitante registrará la petición de asilo ante la Policía y recibirá la ‘Manifestación de voluntad para solicitar protección internacional”, un documento que le protegerá de ser expulsado del país.
Como matizan en ACNUR, el procedimiento de protección se iniciará cuando se formalice la solicitud de asilo mediante una entrevista de ‘credibilidad’, no antes. Así pues, la petición de asilo no da inicio al procedimiento ni hace correr los plazos legales. Por ese motivo, es recomendable solicitar cita cuanto antes para ganar tiempo y obtener protección jurídica en el territorio nacional y, sobre todo, el documento de la manifestación de voluntad, que blindará su derecho a no ser expulsado mientras corre el procedimiento y la OAR resuelve el caso.
A partir de aquí, un funcionario de la OAR realizará una entrevista personal de ‘credibilidad’ a la persona solicitante para determinar si cumple los requisitos para recibir asilo y protección en el territorio nacional. Desde ACNUR y otras organizaciones explican que se deberá presentar el pasaporte o cualquier otro documento que acredite la identidad. Si no se dispone de él, se deberá explicar por qué.
Además de todo ello, la persona solicitante deberá aportar 2 fotografías tamaño carné sobre fondo blanco. La ‘credibilidad’ de su caso siempre construirá en función de la documentación que aporte para demostrar que, efectivamente, corre peligro en su país de origen y necesita protección. Cualquier documento que le ayude en ese sentido (fotografías, informes médicos, testimonios de testigos) decantará la balanza a su favor en la deliberación.
“Se examinarán detalles como las condiciones en el país de origen del solicitante, las razones específicas que han generado el temor de persecución y cualquier otro factor relevante para su caso”, explica Alina Berrios, abogada experta en extranjería.
Una vez pasada la entrevista, los solicitantes recibirán la llamada ‘hoja blanca’ con un número NIE (Nº de identificación para extranjeros), que les servirá como justificante para realizar entrevistas posteriores y otros trámites administrativos dentro del territorio nacional. La OAR tiene un mes de plazo para admitir a trámite la solicitud de asilo y estudiar en profundidad el caso, una vez ha recabado toda la información necesaria. A partir de la admisión del expediente, dictará resolución.
Cuando el resultado es desfavorable y no se concede asilo, los solicitantes pueden presentar recursos de apelación para tratar de levantar su caso o matizarlo ante las autoridades, si consideran que han sido tratados injustamente o su caso no se ha evaluado de forma correcta por parte del funcionario de la OAR.